En un caso sin precedentes en la Justicia de Córdoba, el fiscal federal de San Francisco, Luis María Viaut, fue condenado hoy a 5 años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos tras ser hallado culpable de pedir coimas millonarias para frenar investigaciones (exacciones ilegales agravadas) e intentar favorecer a un imputado en la Justicia provincial a cambio de dinero (tráfico de influencias).

Además deberá afrontar una multa de seis millones de pesos. 

Viaut se enfrentará ahora a otro proceso interno en la Procuración General de la Nación por el cual sería destituido de su cargo en la Justicia Federal. 

La sentencia fue tomada por unanimidad este martes por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 (TOCF 2) de la ciudad de Córdoba. La acusación de la Fiscalía, que había pedido siete años de prisión, sostuvo que fue el propio fiscal Viaut quien coordinó las operaciones junto a los demás implicados y dio las órdenes para obtener millonarias sumas de dinero de modo ilegal.

Por los mismos delitos también fue condenado Darío Fabián "Paco" Rivarola, ordenanza en la Fiscalía Federal de San Francisco y colaborador directo de Viaut, a tres años de prisión condicional e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Deberá afrontar además una multa de cuatro millones de pesos. 

Además, el empresario Víctor Hugo Brugnoni recibió una pena de dos años en ejecución condicional por cohecho activo (dar coimas a un funcionario) e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, además de una suma de 4 millones de pesos. Finalmente, Gerardo Agustín Panero y Walter Fattore recibieron seis meses de prisión en ejecución condicional e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, por ser considerados partícipes necesarios en el delito de tráfico de influencias. A ambos se les impuso una multa de dos millones de pesos.

A los últimos tres acusados se les ordenó realizar trabajos no remunerados en instituciones de bien público en favor del Estado durante un año, con ocho horas mensuales.

Los hechos juzgados ocurrieron entre junio y septiembre de 2020.

La Fiscalía en el rol de la acusación estuvo representada por el fiscal federal ante el TOCF 2 Carlos Gonella y la fiscal federal de Villa María, María Marta Schianni. El tribunal estuvo presidido por la jueza federal María Noel Costa y secundado por los jueces Julián Falcucci y José Fabián Asis

Previo a la sentencia 

Antes de la sentencia, el alegato de su defensa, representada por el abogado Tristán Gavier, había solicitado la absolución de Viaut por los dos delitos en que estaba acusado y considerado que no había pruebas sólidas que lo incriminaran, sino solo indicios y rumores.

Cabe aclarar que Viaut seguirá en libertad hasta que el fallo quede firme, es decir, que no irá preso inmediatamente y podrá agotar otras instancias para recurrir la sentencia. Los fundamentos del fallo se conocerán en la próxima semana y a partir de ahí Viaut tendrá un plazo de 10 días para apelar. 

Del mismo modo, todavía debe conformarse un Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal para dictaminar la sanción interna correspondiente, que sería la remoción del puesto que ocupa desde 2009.

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La sentencia del Tribunal.

Jornada histórica

Al comienzo de la cuarta audiencia, la Fiscalía, representada por la fiscal Schianni, agregó otros considerandos a las sanciones y pidió que se aumenten las multas para los imputados Fattore, Panero y Rivarola.

En cambio, el abogado Rodrigo Altamira (asesor público) pidió una pena menor para su defendido Rivarola a la solicitada por la Fiscalía.

Por su parte, el letrado Felipe Trucco pidió la absolución de su defendido Brugnoni. “Es evidente que fue engañado y estafado”, dijo. "Reconoció los hechos, es cierto. Pero no cometió ilícito", agregó, ya que dijo que no fue su defendido el que buscó pagar la coima, sino que solo la aceptó. "No ha sido Brugnoni el incitador, el ha sido provocado. Aquí aparece el engaño, para obtener un beneficio", indicó.

Hizo un planteo técnico de que no existió influencia alguna y por ende no hubo delitos.

Trucco señaló que era fácil “cortarle las piernas a un hombre” en los delitos de abuso sexual y que su cliente consideraba una injusticia la detención de su hijo. Eso le valió un reproche de la jueza Costa, que le pidió respeto por la perspectiva de género.

El abogado Rodrigo Ranz pidió la absolución de su defendido Fattore, porque no se configura el tipo penal. También cuestionó la multa porque los montos de dinero secuestrados no corresponden a lo abonado por Brugnoni.

La defensa de Viaut

En su alegato antes del fallo del Tribunal, el letrado Gavier solicitó la absolución de Viaut en los dos delitos por los que está imputado. En el delito de concusión agravada porque, según dijo, no se comprobó la participación del fiscal. Fue en este delito en el que resaltó que no existían pruebas para incriminar a su defendido.

Básicamente dijo que no había pruebas contra su defendido, intentó despegarlo de la confesión de los otros imputados, y consideró que los testimonios de testigos y querellante por sí mismo no demostraban los delitos. Que la Fiscalía tenía indicios, pero no pruebas. Señaló que otros testigos de la Fiscalía nunca habían visto estas actuaciones del fiscal. Aseguró que solo hay listas de llamadas entre Viaut y Rivarola, pero no el contenido de las mismas en los días en que se habrían cometido el pedido de coima a González.

Exigió una lista "sábana" con las llamadas de Viaut, para demostrar que se comunicaba a toda hora con Rivarola y otros empleados. Señaló que Rivarola no trabajaba solo como ordenanza, sino que en los Juzgados del interior provincial por la falta de personal desarrollan otras tareas.

Además, insistió en que no hay pruebas que demuestren que Viaut ordenara a Rivarola los pedidos de coimas. También señaló que el denunciante González mintió en su denuncia al mencionar un presunto expediente en que se caratulaba con el nombre de Benso, y aseguró que el mismo no podría existir y que eso era falso.

Gavier dijo también que la confesión de una parte no puede acreditar un hecho y menos cuando se confiesa sobre lo que hizo otra persona, en referencia a los otros imputados que se reconocieron culpables.

Sobre el segundo delito, subrayó que Viaut negó el llamado a la fiscal de Bell Ville Isabel Reyna y que no está comprobado que haya sido él.

Destacó que Viaut, cuando ya existían los registros de sus llamadas, archivó la causa Núñez en la que, dijo, no surgieron pedidos de coimas y se basó en la ley del arrepentido. Para el letrado, eso demuestra que en la Fiscalía no se actuaba de manera ilícita y eran solo rumores.

Pruebas de peso

Tras las primeras tres audiencias en la semana anterior, la situación del fiscal federal era muy complicada: era el único de los cinco acusados que había negado los hechos e insistía en su inocencia, mientras que los otros cuatro ya habían admitido la acusación y las pruebas en contra tal como lo sostenía la Fiscalía.

Pero el alto funcionario federal no estaba acorralado solo por la confesión de los demás implicados sino por el caudal de pruebas obtenido por al Ministerio Público Fiscal en la investigación con numerosas escuchas telefónicas en donde, según la transcripción de diálogos, Viaut hablaba de "chorizo", "tarros" o "salamines" para referirse en código a las cifras de dinero que debían pedirse.

Además, en las escuchas Viaut reconocía haber cobrado dólares por "un gringo con un hijo preso", en referencia al caso del hijo del empresario Brugnoni, quien reconoció haber pagado 17.100 dólares a Rivarola y otros imputados para que el fiscal hiciera gestiones en la Justicia provincial y favoreciera la situación de su hijo, preso en una causa por abuso sexual. Viaut admitió después el cobro de esa cifra en una conferencia de prensa, aunque lo atribuyó a un "asesoramiento".

Más pruebas
El fiscal Gonella, junto a la fiscal federal de Villa María, María Marta Schianni (que investigó el caso en la etapa de instrucción), resaltó en su alegato que tanto los testimonios como las numerosas escuchas telefónicas a Viaut constituían un caudal de pruebas que acreditaba sobradamente la acusación. 

El pedido de la querella

Por otra parte, el abogado Juan Alberione, que representa al querellante Pablo González, había solicitado cuatro años de prisión para Viaut e inhabilitación durante seis años para ocupar cargos públicos; mientras que para Rivarola pidió tres años de prisión en ejecución condicional, e igualmente seis años de impedimento para ocupar cargos públicos.

Cabe aclarar que Alberione interviene como querellante en el primero de los delitos por los cuales ambos funcionarios llegaban al juicio, que es el de "concusión agravada", es decir, pedido de coimas para "cajonear" o frenar investigaciones judiciales.

González es el dirigente de la Cooperativa Las Cañitas (El Tío) que denunció al fiscal por un pedido de coimas para no implicarlo en una supuesta causa judicial.

En una entrevista reciente con El Periódico Radio FM 97.1, Alberione había considerado que los hechos juzgados serían solo una parte de una modalidad sistemática del fiscal Viaut para recaudar dinero ilegalmente.

Viaut rechazó la acusación

En su declaración el pasado jueves, el todavía fiscal federal de San Francisco había negado todos los cargos en su contra y subrayó que nunca tuvo denuncias por pedido de coimas. 

En soledad, Viaut había insistido en su inocencia y negó dirigir cualquier maniobra para cobrar desde su Fiscalía y rechazó haber realizado cualquier gestión por tráfico de influencias, el segundo de los delitos por el que fue condenado.

Qué dice el Régimen Disciplinario del Ministerio Público

Además de la pena de prisión efectiva, Viaut todavía debe afrontar un proceso interno que lo removería del cargo. Según el artículo 68 de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF), que incluye el régimen disciplinario para los magistrados, se consideran como faltas graves, entre otros puntos, los siguientes: 
m) Asesorar o evacuar consultas fuera de los casos inherentes al ejercicio de su función.
n) Recibir dádivas, concesiones o gratificaciones de cualquier clase por la realización de sus funciones, en tanto ellas revistan de entidad en su valoración material. 

El artículo 70 determina que los magistrados podrán recibir las siguientes sanciones disciplinarias:
a) Apercibimiento.
b) Multa de hasta el veinte por ciento (20%) de sus remuneraciones mensuales.
c) Suspensión hasta por treinta (30) días sin goce de sueldo.
d) Remoción.

La remoción, es decir, la destitución del cargo, solo puede aplicarse a las faltas graves, que corresponde en el caso del fiscal de San Francisco.

El procedimiento disciplinario se iniciará a instancias de otros integrantes del Ministerio Público Fiscal de la Nación y se deberá expedir el Tribunal de Enjuiciamiento del MPF.