A partir de este lunes 11 de octubre y hasta el 31 del mismo mes rigen en Córdoba nuevas medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno provincial en el marco de la pandemia de coronavirus, que incluyen distintas flexibilizaciones en el horario de circulación, las reuniones sociales y eventos. Entre los requisitos para boliches se destaca que se deberá contar con las dos dosis de vacunas. 

A través del Decreto 1.183, estableció una serie de nuevas flexibilizaciones que regirán a partir de este lunes 11 de octubre y  se extenderán hasta el 31 de octubre.

Las medidas, que fueron publicadas en el decreto 1.183, son las siguientes:

-Se dispone la restricción de la circulación de personas, entre las cuatro horas (04:00 hs.) y las seis horas (06:00 hs.) de cada día, exceptuando a quienes se encuentren debidamente autorizados para realizar actividades esenciales.

-Se habilitan las reuniones sociales y familiares de hasta veinte (20) personas, hasta las tres horas (03:00 hs.); siempre con los cuidados pertinentes, en especial manteniendo la ventilación cruzada en ambientes cerrados.

-Se habilitan, conforme a los protocolos que al efecto establezca la autoridad sanitaria, las siguientes actividades:
Actividades religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) en espacios cerrados y con un límite de participación de mil (1.000) personas cuando la superficie lo permita; y cien por ciento (100%) de aforo en espacios abiertos y un límite de participación de no más de cuatro mil (4.000) personas.

-Boliches, Discotecas, Bailes y similares, con un aforo de hasta el cincuenta por ciento (50%). Los participantes deberán contar con el esquema completo de vacunación 14 días previos al evento. El horario de funcionamiento de esta actividad podrá extenderse hasta las tres horas (03:00 hs.).

-Salones de Fiestas y espacios afines (vgr. S.U.M., quinchos de uso común, etc.), con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) y hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.

-Eventos masivos de más de mil (1.000) personas al aire libre, con un aforo de hasta el cincuenta por ciento (50%) y un límite de participación de no más de cuatro mil (4.000) personas.

-Locales Gastronómicos y Bares, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%) y hasta ocho (8) personas en cada mesa en espacios cerrados, y un aforo de hasta el cien por ciento (100%) en espacios abiertos; todo, hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.

-Bingos y Casinos, con un aforo de hasta el setenta por ciento (70%), y hasta las tres horas (03:00 hs.) de cada día.

Fuente: La Nueva Mañana