En la fundamentación del fallo, los camaristas Mario Perrachione y Horacio Vanzetti aluden al proyecto de Código Civil y Comercial que en estos momentos se trata en el Congreso de la Nación.

En él se incluye como nueva figura familiar, el padre “afín o solidario”, en referencia a la pareja del progenitor que está a cargo de un menor, imponiéndole a él una obligación alimentaria respecto del niño, solidariamente con su pareja. A criterio de los jueces la conducta del demandado encuadra en esa definición.