El juez federal Nº2, Alejandro Sánchez, hizo lugar a la medida cautelar presentada por el Afsca por la inhabilitación de las antenas de la Televisión Digital Abierta (TDA) en la provincia de Córdoba; al tiempo que emplazó a la empresa Arsat para que en el plazo de 90 días cumplimente las observaciones formuladas por la Secretaría de Ambiente.

La medida del juez podría resultar "abstracta", ya que previa a la resolución la Provincia de Córdoba había dado marcha atrás con el cese preventivo de cuatro antenas (no incluye a Río Cuarto), al dar un plazo de 60 días "hábiles" para que la empresa Argentina de Soluciones Satelitales S.A. (Arsat) cumplimente sus requisitos.

Fallo
En una resolución de cinco páginas, el magistrado cordobés da sus razones sobre la aceptación de la medida cautelar presentada por el titular del  Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), Martín Sabbatella, y a su vez emplaza por tres meses para que "cumplimente con las observaciones formuladas por la Secretaría de Ambiente que surgen de las actuaciones administrativas correspondientes".

"Cabe destacar, que las omisiones y/o errores que apunta la administración provincial, según se desprende de los sumarios administrativos aludidos, ninguna de ellas alude a la existencia de un impacto ambiental actual, inminente y grave, como así tampoco, daño a la salud de la población, que amerite detener las obras llevadas a cabo por la empresa Arsat, ni interrumpir las trasmisiones televisiones", se indica. Cabe recordar que las antenas de TDA nunca dejaron de emitir señal.

Se advierte entonces que sólo existe una referencia a un daño "en términos potenciales".