El Tribunal Oral Federal de Córdoba n° 2 resolvió hacer lugar a la solicitud de “reparación integral” en la causa de la “carne podrida” o “carne con sulfito”, la cual era comercializada en comercios de San Francisco y Frontera. Había sido elevada a juicio en mayo de 2022.

El fallo implica que los cinco procesados por este delito, cuatro de ellos apuntados como parte de una asociación ilícita, deberán abonar multas económicas cuyo destino será para bien público, ya que esos fondos serán destinados al Hospital Iturraspe de San Francisco. Además realizarán en este lugar tareas comunitarias.

Una vez que se verifique el cumplimiento de la pena, se dará por extinguida la acción penal, precisa el fallo.

Los cuatro procesados como integrantes de una asociación ilícita son Javier Rodolfo Besuzzo, María de los Ángeles Macagno, Gisel Soledad Valle y Sergio José Valle. Este último había sido señalado como líder de la organización. Además fue procesado Maximiliano Valle, quien –indicaba la resolución- a sabiendas del mal estado de los animales que se faenaban, comercializaba luego su carne al público. En su caso, se le dictó la falta de mérito como integrante de la asociación ilícita, pero sí fue procesado por poner a la venta sustancias alimenticias adulteradas de modo nocivo para la salud pública, delito contemplado en el Código Penal.

La investigación judicial desentrañaba que el circuito de la carne adulterada comenzaba en la compra de ganados enfermos o en ocasiones muertos en proceso de descomposición, que provendrían de campos cercanos a la localidad de Colonia San Pedro, en el departamento San Justo. La venta, supuestamente, era para alimentar cerdos en un criadero de la zona, ya que no podrían utilizarse para consumo humano. Pero la Justicia determinó otra cosa: que la carne adulterada se terminaba vendiendo en carnicerías.

Qué dice el fallo

El fallo explica que el accionar de los imputados “se direccionó a los fines de obtener un rédito económico a través de la adquisición a un menor precio de productos cárnicos en mal estado para su posterior reventa y de esta manera obtener un provecho económico”.

Luego, prosigue: “Así a los fines de llevar a cabo su operatoria, los encartados debían disimular su carácter nocivo por medio del empleo de productos químicos, circunstancia que ponía en juego el bien jurídico de la salud pública”, y agrega: “…a los imputados los guiaba un ánimo de lucro”.

El Ministerio Publico Fiscal entendió que se encuentran cumplidos varios requisitos judiciales con el ofrecimiento de resarcimiento del daño efectuado por los imputados, el que resulta razonable teniendo en cuenta su situación económica y las medidas de sus posibilidades, como así también el ofrecimiento de realizar tareas comunitarias en el Hospital Iturraspe, bajo la modalidad de tres veces por semana, por el término de un año.

Las penas en cada caso

Gisel Soledad Valle (33) y Javier Rodolfo Besuzzo (50) deberán realizar por el plazo de un año tareas comunitarias en el Hospital Iturraspe, ocho horas mensuales, y abonar una multa de $170.000, en 10 cuotas mensuales iguales y consecutivas de $17.000, pagaderas del 1 al 10 de cada mes a partir de diciembre de este año.

En el caso de María de los Ángeles Macagno (46), en virtud de que ha operado una causal de incapacidad mental sobreviniente, se le requiere al mismo Hospital que en el término de un año reitere la evaluación psicopsiquiátrica.

Por su parte, Maximiliano Valle (36) deberá pagar la suma de $400.000, pagaderos en dos cuotas iguales y consecutivas de $200.000, a partir de este mes. Esa suma de dinero

será donada al Hospital Iturraspe para ser destinada a la compra de medicamentos e insumos hospitalarios. También se le impuso la obligación de realizar un curso de manipulación de alimentos dictado por la División de Control Alimentario de la Municipalidad de San Francisco, dentro del plazo de seis meses.

Por último, Sergio Valle (59) deberá pagar la suma de $1.800.000, bajo la siguiente modalidad de pago: diez cuotas consecutivas de $90.000, a partir de este mes, y las siguientes diez cuotas consecutivas que se actualizarán mes a mes de acuerdo con el Índice de Contratos de Locación (ICL). Dicho importe también deberá ser destinado a la

compra de medicamentos e insumos hospitalarios. También, se le impone la obligación de realizar un curso de manipulación de alimentos.

Respecto a bienes secuestrados en la causa, quedarán en favor del Estado. Se trata de heladeras frigoríficas, ganchos, caja de transporte utilizado como cámara frigorífica, un vehículo marca Peugeot Parthner y aparatos celulares secuestrados.