La Cámara Federal de Apelaciones del Poder Judicial de la Nación revocó la falta de mérito dictada en primera instancia hacia los cinco imputados por presunta “trata de personas con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre”, quienes pertenecen a la organización religiosa “Dimensión Cielo” liderada por el pastor Elías Argüello.

Sobre esta medida, la fiscal federal María Marta Schianni habló en La Mañana de El Periódico por FM 97.1 y dio algunos detalles del caso que vuelve a reabrirse.

"La Cámara Federal de Córdoba dictó ayer una resolución. Esta Cámara es quien revisa esta resolución del juez federal, donde se había dictado la falta de mérito. Recordemos que la falta de mérito no es una desvinculación como lo es el sobreseimiento, sino que lo que el juez dice es que tiene dudas de que esto haya ocurrido así y de que hayan participado en la explotación los imputados", comenzó la fiscal.

Schianni manifestó, además, que esta revocación significa que para la Cámara los elementos probatorios que se sumaron a la causa dan cuenta de que el hecho "muy probablemente" existió y que en él participaron los imputados. "La certeza se adquiere en el juicio. Por ahora lo que ha hecho la Cámara Federal es revocar este estado de duda", apuntó.

Seguidamente, Schianni explicó que para la Cámara Federal, lo que hizo el juez en la resolución fue una "valoración parcial" de las pruebas que se incorporaron a la causa, entre ellas, los testimonios de las víctimas en las cámaras Gesell, las cuales no habrían sido analizadas a la luz de los informes técnicos y psicológicos de los especialistas convocados en la investigación. "Se los tomó quizás de una manera literal, de una manera fragmentaria y no se tiene en cuenta que son víctimas de un delito aberrante. Muchas de estas víctimas no se asumen o no se visualizan como tales", indicó.

Cómo continúa la causa

Respecto a cómo continúa la causa, Schianni, sostuvo: "Ahora la Cámara, por lo que se lee de la resolución, considera que faltarían un par de medidas para seguir avanzando, e insta a que se hagan con premura unas pericias que deben realizarse. Ya a partir de ese momento nosotros seguramente desde la Fiscalía vamos a instar a que se dicte el procesamiento de los imputados para seguir avanzando hacia la elevación a juicio y que estas personas puedan ser sentadas ante un tribunal y responder con un pedido de condena".

En cuanto a si Argüello o los demás imputados podrían ir a prisión, opinó: "La Cámara Federal no hizo alusión al respecto, a la situación de detención de él ni tampoco de ninguno de los miembros de la organización, por ahora no hay una indicación al respecto. Si él se encuentra a derecho, y no entorpece la investigación, puede llegar a mantener su libertad, siempre que no exista ningún tipo de indicio que nos dé la pauta de que puede entorpecer el curso de la investigación o de que pueda influenciar a las víctimas".

Además, consultada sobre la situación de las víctimas en la actualidad, indicó: "Desde la Fiscalía y desde el Estado, se les ofreció en todo momento, porque así lo indica el protocolo de actuación, toda esta contención, este seguimiento. Teniendo en cuenta el carácter especial de estas víctimas, no lo quisieron aceptar, no dieron su consentimiento para ser abordadas".

"Nosotros no tenemos injerencia sobre ellas en ese sentido, ni desde la Fiscalía ni desde las instituciones como la Dirección de Trata de Personas. Se les dio la posibilidad, pero no aceptaron esa propuesta, es decir que no están contenidas en un programa específico por esta cuestión de que no sea autoperciben como víctimas", cerró Schianni.

Antecedentes

El mayo del año pasado, el juez federal de Villa María, Roque Rebak (subrogante en San Francisco), ordenó liberar a Argüello al dictarle "falta de mérito" en esta causa que llevó adelante la fiscal federal María Marta Schianni. También con esta medida fueron beneficiados otros cuatro imputados.

La falta de mérito es una situación intermedia entre el procesamiento y el sobreseimiento. Es una decisión inicial a partir de la imputación que se inclina por una conclusión no afirmativa de su existencia o de su inexistencia y que, por tanto, no es conclusiva del proceso.

En este sentido, Rebak consideró que no había pruebas suficientes para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer a la persona involucrada. De esta manera, el pastor recuperó inmediatamente su libertad.

Tras esta decisión del juzgado, Schianni y María Alejandra Mángano, cotitular de la Procuración de Trata y Explotación de Personas (Protex) –que colaboró con la investigación- presentaron una apelación en la que controvirtieron los argumentos del magistrado porque centró su decisión en las declaraciones de las presuntas víctimas, sin mensurar las fuertes conclusiones de los peritos de la Dirección de Jurisdicción de Asistencia y Prevención de Trata de Personas perteneciente al Ministerio de la Mujer de Córdoba y de la Dirección de Orientación y Acompañamiento a las Víctimas del Ministerio Público Fiscal nacional.

Organización

Las seis presuntas víctimas –se sostiene- fueron captadas por los miembros de esta organización que operaba en San Francisco. Cabe recordar que según la imputación de la fiscalía, Arguello lideraba una organización con la cual explotaban a jóvenes que eran traídos engañados desde distintas partes del país “en situación de vulnerabilidad, marcada por situaciones personales de necesidad de cambio, búsqueda de sentido de vida, contención afectiva”.

Asimismo, se expresa que estas fueron convencidas mediante estrategias coercitivas para alejarlas de sus familias, despojarlas de sus bienes materiales en pos de las arcas de la organización y reducirlas a la servidumbre con el objeto de explotarlas económica y laboralmente.

Además de Argüello se encuentra imputada, también como autora, su esposa Daiana Herrera; además Ricardo Matías Mercado y Maximiliano David Mercado, ambos partícipes necesarios, y Marcos Matías Burini, partícipe secundario. Todos imputados por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral (finalidad de reducción a la servidumbre) agravada por haber sido perpetrada mediante engaño, abuso de situación de vulnerabilidad, pluralidad de autores, pluralidad de víctimas y por haber sido consumada la explotación, con la agravante para Argüello al ser ministro de un culto no reconocido.

Roles

Según la investigación, Herrera estaba involucrada, junto a su marido, en las maniobras de explotación laboral hacia las víctimas, tratándose estas de dos mujeres que realizaban tareas domésticas, cuidaban a los hijos del matrimonio y que habrían recibido pagas mínimas, además de vivir en condiciones “insalubres”. 

En el caso de Mercado, se le atribuye ser socio de Argüello en los negocios relacionados a la panificación e inmobiliarios. Reside en la ciudad de Córdoba y su tarea habría sido “ejercer control sobre las víctimas, diagramar el trabajo y distribuir las tareas, a lo que se le sumaba el manejo del dinero obtenido”, informaron fuentes cercanas a la investigación.

Revocatoria

En su revocatoria, la Cámara Federal de Apelaciones le pidió al juez que profundice la investigación y diligencie a la mayor brevedad posible las medidas probatorias.