Este martes 14 de febrero, personal de salud del Hospital J. B. Iturraspe llevará adelante asambleas en la sala de los consultorios externos. En tanto, mañana miércoles realizará un paro sin concurrencia a los lugares de trabajo. 

El reclamo es principalmente salarial, aunque incluye también otros ítems.

Según informaron a través de un comunicado, piden por la reincorporación de una trabajadora del Hospital Elpidio Torres. A su vez, por el reintegro de lo descontado por los días de paro y/o asambleas.

En tanto, solicitan que Salud de Córdoba Unida participe en la paritaria junto a los gremios que adhieran al pliego y que no hayan estado presentes en las últimas paritarias, y que las mismas se realicen cada cuatro meses.

Además, ratifican la demanda original de recomposición salarial del 200% de aumento al básico con actualización automática de acuerdo al índice inflacionario (del Departamento de Estadísticas del Centro de Almaceneros y Comerciantes minoristas de Córdoba, quienes estiman una inflación del 5,86% para el primer mes del año y establece una inflación interanual acumulada del 100,05 %). 

Por su parte, requieren el cómputo doble del tiempo trabajado en la pandemia. 

También, exigen la derogación de la Ley de reforma previsional N°10694, ya que fue aprobada en un contexto de pandemia y bajo irregularidades que atentan contra el bienestar de nuestros jubilados. 

Asimismo, del Recurso Humano:

- Exigen el pase a planta permanente de todo el personal contratado, suplente y demás figuras precarias que se extiendan más allá de los 6 meses que estipula la Ley, para ambas leyes. 

- Piden la incorporación de personal en todos los sectores, áreas y/o grupos para ambas leyes, de manera urgente respetándose lo establecido por Ley, asegurando las altas por bajas y las licencias por largo tratamiento de los últimos 6 años.

- Solicitan que los hoy profesionales de la salud categorizados como concurrentes sean recategorizados como residentes por la provincia, manteniendo deberes y derechos de esta categorización, así como el acompañamiento en la formación profesional de los residentes, debiéndose cubrir las vacantes de instructores de capacitación. 

- Reclaman que las jornadas laborales y las guardias cubiertas por residentes guarden proporción equilibrada a las horas de descanso. 

Así continúa el documento: 

-Anexamos a lo presentado en pliego (fechado el 27 de enero de 2023) que, en cumplimiento de la ley 7625 y de las leyes de Salud Mental Nº 26657 (Nacional) y Nº 9848 (Provincial), se garantice el ingreso de personal capacitado en el área antes mencionada, y de la capacitación del personal en funciones de manera urgente, respetando las altas por baja y en particular en el área de atención comunitaria; así como del personal multidisciplinario y las condiciones y medioambientes laborales adecuadas, que den respuesta tanto a las necesidades de los pacientes como de los agentes, quienes son los garantes de medios y la herramienta necesaria para la salud de la población. 

- A propósito del recurso humano y en un mismo sentido, seguimos con atención (en cumplimiento de lo acordado en este proceso de reestructuración salarial y recuperación del recurso humano) el pase de todos los/ las trabajadores/as monotributistas y becarios a contrato al 31/03/2023, demandando además, el cese de ingreso de personal en éstas condiciones de precariedad laboral, así como los contratos de letras, dentro del ámbito de salud. 

Reclamamos incluir a todos los trabajadores de nivel central del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba dentro de este pliego solicitando se le abone al grupo citado, el Adicional por Recurso Humano Crítico, tal como se ha realizado al resto de las reparticiones bajo el concepto de tarea sanitaria. 

De la migración a la Ley 7625: El personal administrativo y de servicios generales que trabaja dentro del ámbito del Ministerio de Salud desempeña tareas sanitarias, cuenta con condiciones de trabajo que le son propias y a las que ningún otro trabajador administrativo y de servicios generales del Estado Provincial, se ve expuesto. Por este motivo se solicita la migración optativa de los trabajadores de la Ley 7233 del ámbito hospitalario, centros de salud y Nivel Central a la Ley 7625 

- Régimen del Personal que Integra el Equipo de Salud Humana - por derecho y pertenencia al 31/12/2022; en los términos que la mesa técnica decida, acuerde entre las partes ministeriales y de la mesa coordinadora ( en representación de las/los trabajadores) sin la pérdida de derechos adquiridos de los trabajadores de ambas leyes.

-Todo avance para equiparar la ley 7233 sanitaria a la ley 7625 deberá impactar en el sueldo básico una vez migrados los agentes. 

-En el mismo sentido procuramos la continuidad y progreso de la Mesa Técnica para la incorporación de las/ los agentes de la ley 7233 sanitaria, trabajadores/as del Ministerio de Salud a la Ley 7625, como la revisión y actualización de la misma Ley 7625, en el pase y reconocimiento de los grupos ocupacionales en una vía pronta y resolutiva que reconozca, repare y ordene las condiciones salariales y de trabajo de todos/as los/las trabajadores de la salud en lo inmediato.

Del pago de Adicionales de la Ley 7233:

Considerando el antecedente del pago de Adicionales en la ley 7625, sobre una Asignación Básica (Asignación Básica=Básico Adicional Remunerativo Bonificable). Es que solicitamos la creación de la Asignación Básica (Asignación Básica=Básico +Adicional por Actividad Hospitalaria) para la ley 7233. 

Pedimos hacer extensivo a todo el equipo de salud el pago del adicional de guardia de 24 horas y 12 horas día hábil: Modificación del Art. 83 de la ley 7625 disponiendo el pago del “ADICIONAL POR GUARDIA DÍA HÁBIL”, debiendo ser abonado a todos los grupos ocupacionales de la ley 7625 que cumplan guardia activa de 24 y 12 horas continuas, según el porcentaje vigente, solicitando se quite la condición para el pago de las mismas, que sean sólo ante el cumplimiento de 96 horas mensuales. 

Se solicita el beneficio del boleto interurbano gratuito para los/las agentes del Ministerio de Salud en todo el territorio de la provincia de Córdoba, quienes diariamente se trasladan desde y hacia la capital cordobesa, influyendo ampliamente en detrimento de su magro salario, e incluir en este beneficio a monotributistas y becarios.

Solicitamos la re-estatización de las empresas privatizadas de servicios complementarios y de servicios hospitalarios (Ropería, Caldera, Farmacia, Limpieza, Cocina, Esterilización, Obra Social, Salud Ocupacional, etc.).

Exigimos el cumplimiento efectivo del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado en nuestro país mediante Ley 27580 de diciembre 2020, sobre la eliminación de la violencia y del acoso en el trabajo, reconociendo que las mujeres son las más expuestas a la violencia y al acoso laboral y, sobre todo, quienes se encuentran en situaciones más vulnerables.

Exhortamos al Ministerio de Salud a que ningún trabajador/a de salud (incluido en ambas leyes 7625/7233) y el Colectivo de Residentes, adherido a este reclamo, que haya ejercido su derecho y garantía constitucional como trabajador/a, a peticionar y de huelga, sea sujeto a ningún tipo de medidas de orden administrativas y/o económicas vinculadas con este reclamo. Queremos también expresar nuestro rechazo rotundo y exigimos el reintegro de los días descontados por las medidas de fuerza que por derecho nos corresponden en virtud del artículo 14 bis de la Constitución Nacional.