Entre las razones que fundamentan la presentación se detalla, en que “sólo la Nación puede regular lo atinente a la Ciudadanía (según lo establecido por el Art. 126 de la Constitución Nacional), motivo por el cual el legislador cordobés no puede apartarse de la regulación que el Gobierno Federal efectúa”. En efecto, la Ley de Ciudadanía mencionada establece claramente que "Los ciudadanos argentinos mayores a 16 años gozan de todos  los derechos políticos" sin realizar ningún tipo de distinción de sexo, ni lugar de residencia.

Asimismo, el escrito del Frente "Córdoba Podemos" plantea también que esto es coherente con los principios existentes en materia electoral en la Constitución Provincial y la Ley Electoral Provincial que protegen el derecho de los cordobeses a participar en la vida política reconociendo el valor que el sufragio tiene como “base de la democracia” y como “único modo de la expresión de la voluntad, y que establece como un principio central el hecho de que, en caso de duda, debamos estar por la validez del voto”.