La Legislatura aprobó la Ley de Procedimiento Penal Juvenil que determina cuando un joven puede ser resguardado
La norma provincial establece ante qué supuestos delitos o circunstancias se puede determinar resguardo institucional excepcional para jóvenes no punibles.
La Legislatura de Córdoba aprobó el Procedimiento Penal Juvenil, un marco normativo que garantiza el debido proceso y prioriza la reintegración social de niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal.
La iniciativa actualiza la legislación provincial en consonancia con los estándares internacionales y brinda respuestas eficaces y diferenciadas a esta problemática.
Este nuevo procedimiento diferencia el tratamiento de jóvenes punibles y no punibles, asegurando un abordaje ajustado a principios de protección integral y justicia especializada.
Además, incorpora medidas socioeducativas no privativas de la libertad como Justicia Restaurativa, Atención Temprana, Supervisión en Territorio y Libertad Asistida, evitando que la respuesta estatal se limite únicamente a la privación de la libertad.
El proyecto se estructura en cinco ejes centrales que marcan un avance en el sistema de justicia penal juvenil en Córdoba:
- Aporta claridad normativa: Establece reglas generales del procedimiento penal juvenil, diferenciando con precisión el tratamiento de jóvenes punibles y no punibles.
- Garantiza el debido proceso: Fija objetivos, plazos y proporcionalidad en las medidas aplicadas, estableciendo quién debe controlar su cumplimiento. Esto asegura que el sistema penal juvenil opere con transparencia y equidad, respetando los derechos de los adolescentes.
- Define con precisión el resguardo institucional excepcional para jóvenes no punibles: Especifica de manera clara los supuestos en los que puede aplicarse el resguardo institucional excepcional (artículos 44 y 45), asegurando que esta medida sea utilizada solo en casos estrictamente necesarios y bajo las garantías de debido proceso.
- Implementa medidas progresivas para la reintegración social: en un sistema de intervención gradual, permitiendo evaluar la evolución del joven a lo largo del proceso.
- Crea una Mesa de Seguimiento y Control de las políticas públicas en la materia: órgano conformado por siete miembros representando a los distintos poderes del Estado, universidades y organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de monitorear la aplicación de la ley y proponer mejoras en la implementación de las medidas socioeducativas.