El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) adhirió a las medidas anunciadas por el Gobierno de Córdoba y, en consecuencia, dispuso la reducción de la atención presencial en todas las sedes de la provincia, durante el período comprendido entre los días 7 y 18 de junio de 2021, ambos inclusive.

Cada titular de tribunal, oficina o unidad respectiva decidirá qué personal será convocado de modo presencial, durante este período. Se priorizará el llamado de funcionarios y funcionarias, salvo cuando existan cuestiones de cuidado o prevención sanitarios, urgencia o gravedad. La atención presencial en los edificios y unidades judiciales de toda la provincia se regirá por los protocolos aprobados por las autoridades sanitarias competentes.

El Alto Cuerpo estimó conveniente que “se mantenga la habilidad de los días comprendidos en dicho término y el cómputo de plazos”. En consecuencia, recomendó a los tribunales y autoridades que se adopten todas las medidas para garantizar la realización de los actos presenciales fijados.

Las autoridades judiciales actuantes deberán extender las constancias que acrediten la convocatoria presencial de personas, salvo para los agentes judiciales. Con estos certificados, las personas que intervengan en los actos procesales (testigos, jurados, entre otros) deberán gestionar por su cuenta los permisos de circulación requeridos por las autoridades competentes.

El Acuerdo Reglamentario n. 1705 también dispone que el personal judicial que no sea convocado a trabajar en forma presencial estará afectado a la prestación de servicio de justicia con la modalidad de teletrabajo. Dicha prestación será evaluada por las áreas competentes, en términos de productividad, celeridad y cumplimiento de objetivos.