Casi dos años después de que fueran detenidos y luego acusados de formar parte de una banda dedicada al narcotráfico con conexiones en la cárcel de San Francisco y en la ciudad de Arroyito, entre otros lugares, ayer martes Claudia Juárez (44) y Juan Ignacio Ludueña (34) fueron absueltos por el Tribunal Federal Oral Nº2 de Córdoba. El tribunal se manifestó por el principio de duda en ambos acusados, quienes quedaron en libertad, pero condenó a otras cinco personas como miembros de una red que traficaba drogas y las ingresaba en la Penitenciaría local, con penas de hasta 8 años y seis meses. 

En San Francisco, el caso adquirió notoriedad ya que Juárez se desempeñaba como empleada en el Área de Bromatología de la Municipalidad de San Francisco, mientras que Ludueña, su pareja, trabajaba como guardia penitenciario en la prisión sanfrancisqueña. Además, por la cantidad de droga secuestrada en distintos procedimientos llevados a cabo por la Fuerza Policial Antinarcotráfico: 77 kilos de marihuana, una de las mayores cantidades en la zona del este cordobés.

La acusación en el juicio fue sostenida por el fiscal general Carlos Gonella y el fiscal auxiliar Facundo Trotta, quienes si bien se manifestaron conformes con las penas otorgadas por los jueces, consideraron que había elementos de prueba suficientes para condenar también a Ludeña y Juárez como integrantes de la misma banda dedicada al narcotráfico.

Los fiscales habían pedido cinco años de prisión para Ludueña y tres para Juárez, pero el tribunal presidido por el juez José Fabián Asís les aplicó lo que en derecho se llama el beneficio de la duda, que en términos sencillos sería cuando los jueces tienen pruebas a favor y en contra para decidir la culpabilidad de una persona acusada. Ante la duda el Código Penal indica que se deben inclinar a favor de la persona acusada.

Las condenas

La sentencia determinó que Mirna Nagel, sindicada como líder de la banda, recibiera la pena de 8 años y seis meses como coautora de confabulación y transporte de drogas.

Además, Romina Brunotto fue sentenciada a 6 años y seis meses por coautora de transporte y autora de comercialización de estupefacientes; Daiana Ramírez a cinco años de prisión por venta de drogas y tenencia de drogas con fines de comercialización; Pablo Almada recibió cuatro años de prisión por confabulación para tráfico de estupefacientes; y finalmente su hermano Moisés "Mono" Almada, que se encuentra preso en la cárcel de San Francisco por un crimen, recibió la pena de cuatro años de prisión. 

Para la Fiscalía no había dudas

En diálogo con El Periódico, el fiscal Gonella explicó que si bien no se había secuestrado droga a Ludueña mientras la ingresaba a la cárcel, las escuchas telefónicas señalaban claramente la vinculación de la pareja de San Francisco con el resto de los integrantes de la banda. El trabajo de los fiscales analizó todos los llamados entre los teléfonos intervenidos y en el juicio fueron reproducidos los fragmentos más significativos, en donde se hablaba de los ingresos a la cárcel. 

"La acusación se sostuvo en base a las escuchas telefónicas entre Nagel y Juárez, entre Nagel y Moisés Almada hablando de Juárez y Ludueña, de lo que traían y llevaban. Por el hecho de que no hubo secuestro de drogas ingresando a la cárcel, sabíamos que iba a ser difícil. A nuestro entender claramente surgía claramente además de teléfonos celulares y cigarrillos ellos estaban ingresando droga", precisó Gonella. 

El fiscal detalló que se captaron llamadas entre Moisés  Almada y Nagel donde hablan de Ludueña (al que se refieren en términos despectivos), de cuánto estaba cobrando, y plantean un problema porque había otro preso que había hablado directamente con el guardiacárcel para coordinar un presunto ingreso de drogas.

"Almada decía que el único de confianza para hablar con Ludueña era él. Eso se ve reflejado también en una llamada entre Nagel y Juárez, donde Juárez le dice que en el único en que confían es en Almada. En otra llamada de Nagel a Juárez para controlar si había podido hacer los ingresos, Juárez le dice que pudo ingresar los cigarrillos pero lo otro no, que lo había tenido que dejar en el auto", señaló el fiscal.

 Precisamente, al hacer referencia a "lo otro", la Fiscalía entiende que están hablando de elementos prohibidos. "A nuestro modo de ver y en nuestra experiencia, ese lenguaje encriptado siempre hace referencia a algo que saben que está prohibido. Por eso sostuvimos que ellos formaban parte de una banda que se confabulaba para traficar estupefacientes. Esa fue nuestra acusación", fundamentó Gonella.

Recurrir la sentencia

El fiscal agregó que esperarán a conocer la publicación de los fundamentos de la sentencia, que sería la próxima semana, para evaluar si recurren o no el fallo de los jueces.

"Se encontró responsables al resto de las personas. Vamos a ver qué dice la sentencia, porque el Tribunal no va a poder obviar en los fundamentos que Juárez y Ludueña estaban relacionados con Nagel y Almada. De hecho, cuando declararon ellos reconocieron que ingresaban celulares y cigarrillos ilegalmente, para que Moisés Almada los vendiera. El Tribunal no va a poder decir otra cosa, ellos lo reconocieron", subrayó.

"Nosotros no tuvimos duda, pero vamos a ver cuando se conozcan los fundamentos en qué basan ese estado de duda los jueces, porque tiene que ser basados en elementos de prueba positivos y negativos. Si no nos cierran, vamos a decidir si recurrimos la sentencia", añadió el fiscal.

¿Y los celulares?

Finalmente, el fiscal aclaró que si bien en las declaraciones los absueltos habían admitido el ingreso de teléfonos celulares, cargadores y cigarrillos, no se los juzgaba por ese hecho, sino por narcotráfico. No obstante, señaló que eso derivará en sumarios administrativos internos en el Servicio penitenciario por el que el guardiacárcel podría ser dado de baja. 

"Es gravísimo que ingresen ilegalmente cualquier cosa, pero acá lo que se juzgó fue un hecho de narcotráfico", concluyó.