De este modo, una docena de beneficiarios de planes habitacionales podrán adherir a un plan de pago de hasta 84 cuotas. La alternativa propone que aquellas personas que por una situación económica compleja no puedan pagar las cuotas de sus viviendas, accedan al mecanismo establecido por la ordenanza N° 5337.

Según esa norma, la refinanciación de los planes de pagos sólo se otorgará si existiera una causa  justificada que le impidiera al beneficiario afrontar el pago de las cuotas  fijadas oportunamente, previo informe socioeconómico emitido por la Dirección  de Desarrollo Comunitario, dependiente de la Secretaría de Salud.

A la vez implica la suspensión del cobro extrajudicial de la deuda por el tiempo que dure la situación de carencia.

Quienes adeudan cuotas se justificaron indicando que quedaron sin trabajo o porque tuvieron problemas de salud que le impidieron cumplir mensualmente con el abono de las cuotas.