Hoy se celebra en todo el mundo el Día Internacional LGTBI, desde aquel 28 de junio de 1969 cuando un grupo de personas LGBT se resistieron a los maltratos y detenciones en una discoteca neyorkina. El episodio derivó en una serie de manifestaciones y barricadas que le dio visibilidad al tema de la diversidad sexual y la lucha por la igualdad.

En este marco, la Liga LGBTIQ+ de las Provincias manifestó su preocupación ante el proyecto de Ley 0010/2017 del Poder Ejecutivo, también llamado "Libertad Religiosa".

La iniciativa del oficialismo está siendo tratada por la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto, y propone un Estado pluriconfesional. Organismos como Amnistía Internacional ya expresaron también su preocupación porque se trata de un derecho que ya se encuentra garantizado en Argentina, pero sobre todo por el artículo 7 del proyecto, que "proclama de manera explícita el derecho a la objeción de conciencia, de las personas y de las instituciones. Específicamente, establece que ‘toda persona tiene derecho a invocar un deber religioso relevante o una convicción o moral sustancial como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica’ incluyendo a los funcionarios públicos”, explicaron.

Amnistía consideró que “este articulado constituye un retroceso sustantivo porque revierte la excepcionalidad del instituto de la ‘objeción de conciencia’, pasando ésta a ser casi la regla. En efecto el texto solo instituye como requisito que la creencia religiosa sea ‘sincera’ presumiendo la ‘buena fe’ del objetor por la existencia de dicha norma religiosa”.

La Liga LBTIQ de las Provincias manifestó que "el proyecto impulsado por el Gobierno de Cambiemos representa una amenaza concreta a los derechos civiles conquistados durante los últimos años, debido a la incorporación de la figura "objeción de conciencia".

 En el artículo 7° se protege el "derecho a la objeción de conciencia, institucional o de ideario", y se establece que "toda persona tiene derecho a invocar un deber religioso relevante o una convicción o moral sustancial como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica" incluyendo a lxs funcionarixs públicxs, expresó Devenir Diverse, integrante de la Liga.

De sancionarse esta Ley, el acceso efectivo a los derechos elementales por parte de las personas LGBTIQ+ se vería drásticamente restringido y, en muchos casos, vedado de hecho, manifestaron. 

"Un docente o una institución educativa podría negarse a dictar educación sexual integral, la cual es un derecho adquirido y reconocido por la Ley Nacional 26.150; un juez de paz o registro civil podría negarse a celebrar matrimonios civiles entre personas del mismo género, o a realizar una rectificación de identidad de género, los cuales son derechos adquiridos y reconocidos por las Leyes Nacionales 26.618 y 26.743, respectivamente, una obra social o un médico podría negarse a entregar anticonceptivos y/o métodos de prevención de ITS y VIH, o a realizar tratamientos de reproducción humana asistida, o tratamientos hormonales y cirugías de adecuación corporal, los cuales son derechos adquiridos y reconocidos por las Leyes Nacionales 25.673, 26.862 y 26.743 respectivamente".