Este martes, el Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal difundió los fundamentos de la remoción de Luis María Viaut de su cargo de fiscal federal de San Francisco. 

Viaut fue removido, el 5 de abril pasado, luego de que el jury de enjuiciamiento (promovido por el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal) considerara que violó su deber de observar buena conducta previsto en la Ley Orgánica y en el Reglamento Disciplinario para los/as Magistrados/as de este organismo. 

El “jury” tuvo lugar con motivo de la condena impuesta en 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba a cinco años de prisión, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y al pago de una multa de 6 millones de pesos por los delitos de tráfico de influencias y exacciones ilegales agravadas.

En su resolución el jury puntualizó que, si bien los actos por los que fue condenado Viaut no fueron propios del ejercicio de su función, sí lo fueron en ocasión de ella. Esto se vería reflejado en la exigencia extorsiva a una de las víctimas, en los servicios ofrecidos a otra y “lo determinante para ejercer presión o ‘vender’ influencias fue la condición de fiscal federal de Viaut” que tenía.

Desprestigio

Así, consideraron que “el daño que provocó con su conducta fue muy significativo, generó un descrédito en la investidura de fiscal y el desprestigio de la institución a la que pertenecía, con un impacto de mayor magnitud debido a que Viaut era el único fiscal federal en una localidad relativamente pequeña”.

También, el tribunal disciplinario hizo hincapié en que “hizo caer en letra muerta la función misma del Ministerio Público Fiscal al apartarse de la misión encomendada” de promover actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad.

Violó la buena conducta

El jury destacó “la contundencia de los hechos descriptos”, en este contexto, “Viaut violó el deber de observar buena conducta, en tanto su accionar indecoroso, imprudente e indigno de un magistrado”. Esto significó un incumplimiento de las responsabilidades y los compromisos que asumió al ser designado fiscal.

Asimismo, destacaron que sus conductas impactan directamente en la legitimidad del sistema de justicia, “en tanto el acusado estaba llamado a dar testimonio de una conducta irreprochable, por tratarse de un funcionario público de capital relevancia y responsabilidad dentro de aquel, en la medida que se encontraba a su cargo el ejercicio de la acción penal pública”.

Resolución

En virtud de todo ello, el Tribunal de Enjuiciamiento del MPF concluyó que el accionar de Viaut fue “completamente opuesto a lo esperable de un magistrado al que la sociedad ha confiado la tutela de la defensa de la legalidad”.

Sostuvieron, en consecuencia, que su conducta “no satisface en modo alguno una de las condiciones que la Constitución Nacional y las leyes dictadas en consecuencia imponen a todo fiscal para permanecer en el cargo” y es por esto que propiciaron la remoción de su cargo como titular de la Fiscalía.

Cabe destacar que el cuerpo disciplinario estuvo presidido por el representante de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, Francisco Javier Panero, e integrado por los y las representantes del Poder Ejecutivo Nacional Pablo Enrique Barbuto; del Senado, César Grau; del Consejo Interuniversitario Nacional, Agustina Rodríguez Saa; del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, María Gabriela Van Marrewijk. También por los magistrados del MPF Ricardo Carlos María Álvarez, en representación de los fiscales generales, y Eduardo Norberto Varas, por los fiscales de primera instancia. 

En el proceso, la parte acusadora fue representada por el fiscal general Mario Villar y la fiscal general Ana Helena Díaz Cano, mientras que la defensa del exfiscal recayó en el defensor oficial Claudio Martín Armando.

Fuente: Ministerio Público Fiscal