El gobernador José Manuel de la Sota firmó ayer la reglamentación de la ley antitrata que prohíbe la instalación y funcionamiento de los prostíbulos, la cual tras ser publicada en el Boletín Oficial permitirá a la Policía que pueda comenzar a clausurar las whiskerías que permanezcan abiertas.
Se calcula que en Córdoba hay en actividad entre 150 y 180 prostíbulos, mientras que la legislación según aseguran desde el Gobierno no alcanza a la actividad meretriz que se realice en departamentos privados.
La ley contiene una disposición que resguarda los derechos integrales de las personas que ejerzan la prostitución ante las quejas reiteradas de la filial Córdoba de la Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (Ammar).
La medida no fue tomada de buen grado en algunas ciudades aledañas a Córdoba, por lo que la actividad nocturna podría trasladarse a estas localidades. 
Anteayer, el Concejo Deliberante de Pilar rechazó mediante ordenanza la adhesión a la ley antitrata, en tanto a principio de esta semana el intendente de Villa Carlos Paz, Esteban Avilés, dijo que esta ciudad turística tampoco adherirá por ahora.
Desde la Secretaría antitrata, que encabeza Amelia Chiófalo, en tanto, se minimizó estas declaraciones asegurando que la ley rige para toda la provincia. 
Las clausuras de whiskerías y los arrestos para quienes violen la nueva norma no requiere de la adhesión de los municipios, aseguran en el Gobierno provincial.
La Policía ya presentó el viernes de la semana pasada cómo será el “accionar” de la fuerza en estos casos. La iniciativa provincial establece que la ley -sancionada hace dos semanas- prohíbe la instalación y el funcionamiento de establecimientos denominados whiskerías, cabarés, clubes nocturnos, boites , locales de alterne y cualquiera donde bajo cualquier denominación se ejerza la prostitución, se ofrezca sexo por dinero e incluso donde las mujeres sean empleadas para que los clientes paguen tragos. Además, obliga la inmediata clausura de esos establecimientos.

A quiénes incluye

El artículo 2 de la ley 10.060 dispone “la inmediata clausura a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, en todo el territorio de la provincia de Córdoba, de las whiskerías, cabarés, clubes nocturnos, boites o establecimientos y/o locales de alterne, en los términos (...) de esta norma y de acuerdo al procedimiento que se establezca por vía reglamentaria”.