La Sala 3 de la Cámara de Seguridad Social determinó que el aumento jubilatorio del 5.71% de marzo es inconstitucional.

Según el fallo, el aumento del mes de marzo debía realizarse con el cálculo de la ley anterior que resultaba de un aumento del 14.5%. Con la ley anterior regía una serie de aumentos semestrales que se otorgaban en los meses de marzo y septiembre. La ley actual comenzó a regir a partir de diciembre del 2017 con aumentos trimestrales.

Los jueces Rodolfo Mario Milano, Martín Laclau y Néstor Fasciolo determinaron que en el mes de marzo debía computarse el aumento correspondiente al período de julio - diciembre del 2017. Los magistrados argumentan que el aumento debe calcularse en base a la ley vigente del período donde se calcula el aumento, no en el mes que se aplica el aumento. El aumento del 5.71% se calculó en base al último trimestre del 2017, es decir, de un período donde regía otra reglamentación.

De esta forma, la Cámara ordenó al Anses a realizar el recálculo de haberes y reintegrar el monto extra en los próximos pagos. No obstante, el organismo podrá apelar en última instancia ante la Corte Suprema de Justicia.

Fuente: cba24n