Este viernes se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia, la resolución que establece que el aumento por distribución (V.A.D.) que aplique la Empresa Provincial de Energía Eléctrica (EPEC) se actualizará de acuerdo a la inflación, sin la audiencia pública ni control previo por parte del Ersep, el organismo regulador de los servicios públicos en Córdoba.

En rigor, desde hoy los cuadros tarifarios que determina la EPEC quedan establecidos por el artículo 1º de la Resolución 77/2024 que se trató fugazmente hace un mes en el Ersep y que había sido elevada por la empresa estatal de energía.

Ese artículo autoriza a que los incrementos, en lo estrictamente relacionado con VAD, se trasladen "en base a las publicaciones que la Dirección de Estadísticas de Córdoba efectúe respecto de los resultados de la Fórmula de Adecuación Mensual (FAM), erigiéndose dicha resultante en límite insoslayable y tope de los incrementos a aplicar". Esa fórmula copia el índice de precios al consumidor.

En resumen: la fórmula para actualizar la boleta de luz seguirá la inflación medida por el gobierno cordobés.

Ese porcentaje, dice la citada resolución, debe publicarse en el sitio web de la EPEC y "entrará en vigor respecto de los consumos efectuados a partir del primer día del mes inmediato posterior a dicha publicación".

Los vocales de la oposición en el ERSeP afirmaron que con esta resolución el organismo es "una mera actividad de conocimiento y publicación del cuadro tarifario determinado por EPEC".