Para otorgar el recupero del 15% del impuesto retenido en las compras con tarjeta de débito o crédito en el exterior y por Internet por parte de los trabajadores en relación de dependencia, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pide datos retroactivos para saber si las deducciones del Impuesto a las Ganancias declaradas el año pasado fueron correctas, y de lo contrario exigirá el pago de la diferencia.

Los empleados tienen tiempo hasta el próximo 31 de enero para hacer la presentación ante la AFIP para recuperar el impuesto retenido en las compras con tarjeta o por Internet realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012. Los gastos posteriores recién se recuperarán en 2014. Pero deben incluir en la declaración las cargas de familia y otros gastos deducibles del Impuesto a las Ganancias que tuvieron por cada mes de 2012.

Es que la resolución de la AFIP 3.418 dispuso que algunos empleados en relación de dependencia informen por Internet las deducciones que se tienen en cuenta para el cálculo del Impuesto a las Ganancias. Este sistema reemplaza al formulario manual 572.

Tienen que hacer la presentación por Internet quienes deseen recuperar el 15% de impuesto que la AFIP retiene en las compras con tarjeta en el exterior y los empleados de altos ingresos.

La resolución obliga a las empresas a notificar a los trabajadores sobre su contenido dentro de los 15 días de la publicación en el Boletín Oficial, que fue el 21 de diciembre de 2012. Las cartas están llegando y crean bastante desconcierto.

Si bien se deben informar ahora las carga de familia y los gastos deducibles que se realizaron en cada mes de 2012 para recuperar el 15% de impuesto de las tarjetas, ya en enero del año pasado, en el formulario manual 572 se consignaron esos datos para que el empleador los aplicara hacia adelante, en las retenciones de Ganancias.

La diferencia es que ahora esos datos personales deben brindarse en forma retroactiva, y la AFIP verificará, por ejemplo, si es verdad que el padre a cargo no cobra jubilación o si existe pluriempleo no declarado. Por eso, se recuperará el 15% de impuesto de la tarjeta, pero al mismo tiempo puede tener que pagarse una diferencia al fisco por el tributo ingresado incorrectamente.

Por otra parte, los empleados que hubieran percibido en 2012 ingresos brutos iguales o superiores a $250.000 tendrán que informar las deducciones por vía electrónica recién a partir del 4 de febrero próximo.

En realidad, la resolución 3.418 da plazo para el cierre definitivo de la información hasta el 31 de enero de 2014, pero la AFIP comunicó que se podrá realizar la comunicación on line de las deducciones desde el mes que viene, y algunas empresas ya lo están pidiendo. (IProfesional)