El propietario del inmueble donde se encuentra cumpliendo prisión domiciliaria el represor Jorge Balla pidió este jueves mediante una carta documento el desalojo de este departamento ya que adujo haber sido engañado al momento de concretar el contrato de alquiler.

Balla, exsargento del Ejército condenado a prisión perpetua por múltiples homicidios agravados, crímenes de lesa humanidad que cometió durante la última dictadura cívico-militar, se encontraba residiendo en San Francisco, información que recién se conoció el último fin de semana.

El fallo del Tribunal Oral Criminal Federal de Santa Fe que autorizaba la prisión domiciliaria el domicilio de San Francisco fue firmado el pasado 4 de abril.

Por ello, el titular del inmueble, Alberto Esper, presentó una carta documento que se conoció este jueves, pidiendo el desalojo del inmueble. El propietario del departamento le dijo a El Periódico que “en el mes de febrero una señora, según ella divorciada, se presentó solicitando alquilar un inmueble para vivir acá. Presenta una garantía, se piden los informes y la garantía era correcta, no había problema. Entonces se celebra el contrato de locación y se alquila el inmueble, sin decir una palabra de que convivía o no sé qué relación tenía la persona que está con prisión domiciliaria por delitos de lesa humanidad”.

“El haber ocultado un caso de este tipo para mí es suficiente para pedir la rescisión del contrato”, insistió.

La carta documento

En el documento presentado esta jueves puede leerse: “Alberto Esper, en mi carácter de locador del inmueble (…) le hago saber a usted que ha incumplido las cláusulas Quinta y Séptima del contrato de locación al haber alterado el destino del inmueble que es el de vivienda familiar y además por haberlo prestado para su uso a tercera persona”.  

“Actualmente-continúa- el mismo es utilizado para el cumplimiento de una pena privativa de libertad bajo el régimen de prisión domiciliario del ‘Sr. Jorge Balla’, lo que genera una situación irregular que es causal suficiente para la resolución del contrato de locación”.

Según Esper, la locataria “ocultó deliberadamente que aquella persona está condenada por delitos de lesa humanidad, viciando por dolo la eficacia del referido supra contrato, exteriorizándose su mala fe en la ralización del acto jurídico que nos vincula”, expresa el documento.

Luego, remarca: “el señor Balla tiene un pedido realizado en el Concejo Deliberante de San Francisco para ser declarado persona no grata en la ciudad y, además, de la demanda realiza por los demás inquilinos del edificio que no quieren la presencia de una persona que esté cumpliendo prisión domiciliaria por delitos de lesa humanidad, intimándome para que cese la situación descripta, bajo apercibimiento de rescindir sus respectivos contratos, todo por la violencia moral que la situación les causa”.

La carta documento cierra en mayúscula con el siguiente texto: “QUEDA USTED EMPLAZADA PARA QUE EN ELTÉRINO DE 15 DÍAS CORRIDAS CONTADOS A PARTIR DE LA RECEPCIÓN DE LA PRESENTE ENTREGUE LA POSESIÓN DEL INMUEBLE”.