Un concepto distinto de justicia: reparar en vez de condenar. Un nuevo lenguaje judicial: ofensor en vez de delincuente. Y un nuevo ámbito de acción: pequeñas causas, aquellas cotidianas, en vez de los enredados expedientes de lenguaje almidonado.

Sobre esos tres pilares se sustenta la creación del Fuero de Justicia Vecinal, que se encargará de atender, con exclusividad, demandas simples.

Los problemas por ruidos molestos, la quema de basura o un conflicto entre cliente y comerciante pueden dejar “broncas viejas” que suelen desatar inagotables peleas, algunas fatales. Eso es lo que se intenta prevenir.

“Se trata de canalizar esos desencuentros vecinales en los que la ‘bronca’ se acumula, tendiente a evitar conflictos que luego se agravan y terminan en cuestiones penales o demandas civiles, asuntos en los que la Justicia llega tarde. Hay una acción reparadora que estará a cargo de un nuevo Fuero de Justicia Vecinal”.

Quien explica el corazón de esta reforma judicial es Ignacio Villada, el asesor del Ministerio de Justicia que coordinó la redacción del paquete de leyes que el Ejecutivo envió a la Legislatura para su tratamiento y aprobación este año, y que tiene, además de la creación de la Justicia Vecinal, reformas en los procedimientos civiles y laborales, cambios que impactarán en miles de cordobeses.

Otros cambios

Además de crear el fuero Vecinal, el Gobierno impulsa otros cambios en los procesos judiciales de los fueros Civil y Laboral. La reforma impactará en los casi 110 mil cordobeses que cada año demandan (o son demandados) por despidos, indemnizaciones, accidentes laborales, daños y perjuicios y un amplio etcétera de conflictos cotidianos. En este marco, la Justicia Vecinal se enfocará en atender las situaciones menores, aquellas que no llegan a Tribunales.

El proyecto de ley impulsado por el Gobierno, y cuya letra chica se discute en la Legislatura, puntualiza los casos en los que actuarán los jueces de Paz Vecinal:

• Molestias ocasionadas por humo, olor, ruidos, vibraciones y situaciones similares entre vecinos.

• Controversias por medianeras y disputas entre vecinos de edificios (se excluye la mora en alquileres y desalojos).

• Afectación de derechos del consumidor por montos menores, en una cifra actual estimada en hasta 40 mil pesos, pero que se irá reajustando automáticamente, compatibles con la compraventa de electrodomésticos, prendas de vestir y algunos modelos de motos.

Actualmente, estos conflictos son objeto de mediación, pero de manera voluntaria: es decir que las partes se someten a un ámbito de entendimiento si lo desean. En cambio, en el fuero Vecinal demandante y demandado deberán asistir de manera obligatoria.

“Hay situaciones menores que hoy por hoy los ciudadanos no llevan a la Justicia, y que tendrán en el nuevo fuero con procedimiento oral y una mediación previa, a cargo de un juez vecinal con un perfil de mediador; un magistrado que podrá actuar a través de un procedimiento ágil para tener una resolución rápida, desformalizada y en un tribunal ubicado cercano a los vecinos”, dice Villada.

Aunque no está entre sus objetivos específicos en la ley de creación del fuero Vecinal la reparación judicial de los conflictos comunitarios puede ser determinante en la prevención. Vale recordar la muerte de Javier Jadra (28), apuñalado por su vecino Ezequiel Cortéz. Fue en 2011, y todo comenzó en el filo de la medianoche del 17 de mayo: Antonio Jadra salió de su casa a pedirles a sus vecinos, los Cortéz, que bajaran la voz y que dejaran de acelerar las motos. A los pocos minutos, Jara desanduvo, junto a sus dos hijos, los pocos metros que separaban su casa con la de los Cortéz. Ezequiel, que tenía 20 años, tomó un cuchillo y apuñaló al más chico de los Jara, Javier, quien murió minutos después en el Hospital de Urgencias. ¿Habría evitado una acción judicial reparadora la violencia extrema? La respuesta es imposible, pero invita a reflexionar.

“La Justicia de Paz se especializa en la restauración de los vínculos sociales, con una dinámica enfocada en la prevención, reducción y gestión de violencias y tensiones interpersonales y comunitarias, bajo paradigmas proactivos y restaurativos”, explica la jueza de Paz de La Calera Ileana Oliva, quien postula la necesidad de una “Justicia de proximidad” para atender el reclamo ciudadano de “más y mejor Justicia, más ágil, simple, cercana y entendible”.

Cómo funcionaría

A diferencia de los otros tribunales, los de la Justicia Vecinal estarán en barrios y localidades. Para la prueba piloto, el Ministerio de Justicia realizará una encuesta de demanda judicial en distintas localidades del Gran Córdoba y en un barrio populoso de la ciudad. Los tribunales vecinales tendrán una estructura pequeña, un trámite simple, mediación obligatoria, sentencia exprés y garantías de defensa.

El demandante podrá presentar su queja mediante un escrito simple o un formulario preimpreso. Si la materia de reclamo no está encuadrada en los supuestos, el juez podrá rechazarla, por lo que al demandante le quedará el camino de la Justicia Civil. Pero al aceptarse el reclamo, se pone en marcha un mecanismo exprés que no deberá demandar más de 60 días hasta una sentencia definitiva. Todo el proceso judicial será gratuito, aunque el juez podrá imponer costas.

Antes de los 30 días, demandante y ofensor estarán sentados cara a cara, con el juez como mediador: las audiencias de mediación serán obligatorias, al igual que la presencia del juez durante todo el proceso. Si hay acuerdo, el pacto quedará homologado. Si no lo hay, el juez convocará a una audiencia en menos de 15 días.

Será entonces cuando el demandado tendrá la oportunidad de ofrecer su prueba. Finalmente, 15 días después, demandado y ofensor volverán a sentarse frente al juez, y esta vez deberán llevar a sus testigos (dos como máximo), quienes estarán obligados a asistir al debate, pudiendo el juez hacerlos llevar por la Policía en caso que se nieguen a concurrir. Habrá palabra final de ambas partes y luego el juez de Paz Vecinal dictará la sentencia. No habrán pasado más de dos meses desde que la demanda ingresó a los anaqueles judiciales.

No serán los jueces de Paz actuales quienes estarán a cargo de la Justicia Vecinal, sino jueces de Paz Vecinal letrados, abogados con más de 25 años de edad y cuatro años de ejercicio de la profesión. Estos cargos ya están previstos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contempla como una exigencia “gozar de buen concepto vecinal”.

“El foco de este nuevo fuero está puesto en el ciudadano, sobre todo de sectores más vulnerables. Más que los intereses corporativos, se tuvo en cuenta al ciudadano común, verdadero destinatario del servicio de justicia”, asegura Ignacio Villada, llevando la voz cantante del proyecto de ley.

Fuente: Juan Manuel González, La Voz del Interior