Mucho se dijo hasta el momento sobre la denuncia de abuso sexual contra Juan Martín Rago, conocido como Jey Mammon. Se generaron debates de todo tipo en la sociedad y con altos niveles de desinformación. 

Para llevar claridad respecto a la ley, la edad y el consentimiento en casos de menores de edad, en investigaciones de abuso sexual, en La Mañana de El Periódico (FM 97.1), Andrés Peretti, juez de Niñez, Juventud, Violencia Familiar y Penal Juvenil de San Francisco, explicó cómo fue modificándose la norma. También aclaró cómo se tratan los casos según las edades de las víctimas. 

- ¿Qué dice la ley en materia de prescripción? 

- La ley Argentina tuvo modificaciones relativamente recientes. En 2011, la ley conocida como Ley Piazza, la acción penal vinculada con los abusos se empieza a extinguir en un plazo máximo de 12 años. Ahora el tema era definir a partir de cuándo corría ese plazo. Con anteriordad, el plazo corría desde el hecho sin importar el momento de la denuncia. De ahi se sumaban los 12 años. Por ejemplo, si el abuso era a los 5, a los 17 ya prescribía. Luego a esta ley se le introduce una modificación, una causal de suspensión, a partir de que la víctima adquiría la mayoría de edad, los 18 años. Si fue abusado antes, a los 12, los 13, en ese caso el plazo de 12 de años para la prescripción empezaba a correr a partir de cumplir 18, donde debía ir a radicar la denuncia y avanzar. La última reforma rige desde noviembre de 2015 con la Ley de Respeto por el Silencio de las Víctimas. Aquí se toman como referencia los 18 años, también incluye la necesidad de que se realice denuncia o se ratifique. 

Andrés Peretti.
Andrés Peretti.

- Son dos los requisitos. 

- Uno es que la víctima tenga más de 18 años, el otro es que cumpla con el requisito de hacer la denuncia o ratificar la que pudieron haber hecho sus asesores legales en su momento. Puede pasar que personas abusadas a los 12 o 13 años deciden denunciar a los 50 años, por ejemplo. 

- ¿Qué dice la ley respecto al consentimiento en un caso como el que tomó transcendencia últimamente y hubo un menor de edad involucrado? 

- Lo primero que hay que decir es que abuso va a existir siempre que no haya consentimiento. Todo tipo de situación vinculada con violencia, amenazas, intimidación, relaciones de poder, que son de caracter asimétricas siempre, todo eso va viciar el consentimiento. En este punto la ley establece tres situaciones muy claras: con los menores de 13 años, los de 13 y 16 y los mayores de 16.

- ¿Cómo es en cada caso? 

- Cuando la persona que denuncia el abuso no tiene más de 13 años, no importa si brindo consentimiento o algún tipo de permiso para realizar el acto sexual. En ese caso se entiende que no hay consentimiento, no se admite prueba de lo contrario por lo cual hay abuso. Si tiene más de 13, para que haya abuso sexual debe existir una relación de violencia, amenazas, intimidación y una relación de poder o cualquier otra circunstancia que vicie ese consentimiento. Es decir, cuando no hay libre consentimiento con más de 13 años existe abuso. Hay una particularidad, además, para destacar: cuando la víctima tiene más de 13 y menos de 16, lo que históricamente se llamó delito de estupro, el abusador puede aprovecharse de la inmadurez sexual de la víctima y por eso también va a existir abuso. Esto se da con diferencias de edad considerables. La otra es cuando existe preminencia en la relación del autor en comparación a la víctima, por ejemplo, un docente y un alumno. 

- ¿Cuál es la situación con los mayores de 16 años? 

- El consentimiento lo puede prestar siempre y cuando sea de carácter libre, sacando el tema de las amenazas, la violencia, la intimidación. Hay que tener en cuenta además otras cuestiones que han pasado, cuando una víctima está bajo los efectos de la droga, el alcohol, donde no prestó libremente su consentimiento por lo que se convierte en una víctima de abuso. 

- ¿En materia de abusos sexuales es preocupante lo que pasa en San Francisco o en el departamento san Justo? 

- Históricamente el departamento San Justo tiene muchos casos en proporción a la cantidad de habitantes en lo que hace a abusos sexuales, no solo a menores de edad sino en en general. Es muy propio de nuestro departamento, los casos son más de la media. Y esto está vinculado a cuestiones socioculturales, hay muchas zonas de campo, no necesariamente tienen recursos, capacitación, educación, como si tienen las urbes más grandes. Somos una zona muy agropecuaria con lo que eso trae aparejado.

Casos de abusos en menores: qué dice la ley