A través del Decreto 533/2023, publicado este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno promulgó la nueva Ley de Alquileres. Se espera que la norma entre en vigencia este mes o a comienzos de noviembre.

Contratos de tres años 

Deberán ser estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.

En pesos

Con la nueva ley se busca poner fin a una práctica que se volvió común en los últimos meses: los alquileres en dólares. La norma establece que el precio debe expresarse en moneda nacional, y la publicidad de propiedades para alquilar no podrá mencionar otra moneda que no sea el peso argentino.

Aumentos 

En cuanto a la actualización de los alquileres, se introduce un cambio significativo. A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos pueden esperar dos incrementos de precio al año en lugar de uno.

Para fijar los aumentos se tomará como base el coeficiente “Casa Propia,” que es empleado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

Monotributo 

“Los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”, establece la ley.

Beneficios impositivos

Los propietarios no pagarán bienes personales sobre los inmuebles que se pongan en alquiler. Tampoco pagarán el impuesto al cheque en las cuentas bancarias destinadas a cobrar esos contratos que se encuentren “debidamente registrados” ante la AFIP.

Ganancias

Además las “partes podrán deducir del impuesto a las Ganancias la suma equivalente al 10% del monto anual del contrato de locación”.

Nueva Ley de Alquileres promulgada: cuáles son los principales puntos