El mes de octubre tendrá esta semana su primer y único fin de semana largo de cuatro días, con dos feriados nacionales. Ante esto, había dudas sobre si también era feriado el viernes 8. La respuesta la da el calendario oficial, que determina que son feriados tanto el viernes como el lunes 11. 

Según el calendario oficial, publicado por el Gobierno en la página web del Ministerio del Interior, el viernes 8 es feriado con fines turísticos. Todos los feriados pueden consultarse en este enlace.


Feriados 2021: ¿cuántos días no laborables quedan para el resto del año?
Además, el lunes 11 de octubre también es feriado -trasladado del martes 12- por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, antes conocido como el Día de la Raza. Este día recuerda el desembarco de Cristóbal Colón en la Isla de Guanahani el 12 de octubre de 1492. El trasladado permite formar un fin de semana de cuatro días, que resulta ser una gran oportunidad para reactivar el turismo interno.

Feriados 2021: cuáles quedan hasta fin de año
De acuerdo al calendario oficial de feriados, aquellos que quedan para resto del año son los siguientes:

- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional
- 22 de noviembre: Feriado con fines turísticos
- 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre: Navidad

El Gobierno podría decretar asueto administrativo el jueves 23 de diciembre para el desplazamiento de los funcionarios y empleados estatales a sus provincias de origen, para encontrarse con sus familiares. La misma medida podría adoptarse para el jueves 30 de diciembre, con motivo del feriado por Año Nuevo del sábado primero de enero del 2022.

Cuáles son los feriados de octubre y cuáles quedan hasta fin de año

Cuál es la diferencia entre feriado trasladable y por fines turísticos
Los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente, según el artículo 6 de la Ley 27.399.

Por otro lado, la Ley 27.399 también habilita al Gobierno a elegir tres fechas por año y declararlas feriados por fines turísticos. Las fechas suelen ser definidas en función de generar fines de semana largos en asociación con los feriados nacionales tradicionales, trasladables o inamovibles. Esas jornadas deben ser destinadas a promover la actividad turística y, por ello, deberán coincidir con los días lunes o viernes.