El Poder Ejecutivo de la Provincia publicó en el Boletín Oficial tres decretos a través de los cuales declaró en estado de desastre a tres zonas que abarcan a más de la mitad de la superficie cordobesa, cuatro localidades del departamento San Justo y dos rutas del sudeste.

Se trata de una disposición legal que el Gobierno cordobés debe cumplir para poder distribuir en esos territorios los recursos que integran el Fondo Permanente para Atención de Situaciones de Desastre, que creó la Provincia el año pasado y que engloba un total de 600 millones de pesos.

Decreto 814: campos

El primer decreto es el 814 y declara en estado de desastre a tres zonas, debido a que “las lluvias extraordinarias provocaron el anegamiento de suelos, afectando a la población en general y, en particular, a los productores agrícolas, ganaderos y tamberos durante el ciclo productivo 2015/2016”.

Zona 1. Río Carcaraña (Centro de los Departamentos Marcos Juárez y Unión y Noroeste del Departamento Juárez Celman, Sur Ruta N° 2); Sistema Vicuña Mackenna; Arroyo Santa Catalina; Sistema de Canals; Río Quinto (Popopis), Sistema de General Roca.

Zona 2. Río Carcaraña (Área comprendida Norte Ruta N° 2), Sistema de Morteros, Río Segundo y Sistema San Francisco

Zona 3. Río Carnero y Salsipuedes, Río Jesús María y Río Pinto, Río Totoral y Arroyo Macha, Corral de Bustos y Arroyo del Pescadero, Río de los Tártagos y Río Seco, Sistema Río Dulce, márgenes de ríos y canales en las cotas más altas de las cuencas anteriores.

Aunque coinciden con las cuencas que fueron declaradas en estado de emergencia y/o desastre agropecuario, esta nueva disposición no tiene nada que ver con esa situación. Este decreto sólo establece las zonas que pueden ser factibles receptoras de recursos provenientes del Fondo para Atención de Desastres. Los productores que estén en emergencia o desastre, para obtener los beneficios impositivos correspondientes, deben presentar las declaraciones juradas que acrediten daños superiores al 50 por ciento como estaba previsto. Este nuevo decreto no cambia nada al respecto. 

Decreto 673: localidades

La segunda disposición declara en desastre a las localidades de Morteros, La Francia, El Tío y Saturnino María Laspiur, todas del departamento San Justo. 

“Se han producido inundaciones extraordinarias, anegamientos y lluvias inusuales, lo cual ha provocado graves consecuencias en bienes y daños personales a numerosos habitantes de dicho territorio, ocasionando severas pérdidas materiales que afectan el normal desarrollo de sus actividades”, argumenta el decreto y agrega: “los daños y zona afectada abarcan no sólo el área urbana, con anegamiento de calles y el colapso de pozos negros, sino también los predios rurales y rutas, causando serios inconvenientes a la actividad agropecuaria y productiva de la región, incluso con declaraciones de emergencia sanitaria por parte de las autoridades locales”.

Fuente: La Voz del Interior