Según informa el diario La Voz del Interior, el imputado de "administración infiel reiterada" estaba a cargo de la máquina timbradora, trámite que sólo realiza esta entidad crediticia pública.

El cajero Horacio René Navarro casó la decisión de la Cámara en lo Criminal y Correccional de San Francisco que le había negado la probation ante un dictamen del fiscal que lo consideró empleado público. Como es sabido, los funcionarios (o empleados) públicos están excluidos de la suspensión del juicio a prueba por cuestiones de "transparencia".

La defensa de Navarro expresó su agravio al considerar que un cajero de un banco no es funcionario ni empleado público. Pero en la sentencia 207 de la sala Penal del TSJ -presidida por Aída Tarditti y completada por las vocales María Esther Cafure de Battistelli y María de las Mercedes Blanc Gerzicich de Arabel- se señala que los argumentos del fiscal "en modo alguno resultan arbitrarios".

El fiscal sostuvo en su dictamen que el imputado prestaba servicios en una entidad bancaria con participación estatal mayoritaria y que sus maniobras defraudatorias fueron en el marco del servicio de timbrado, que "no es realizable en entidades exclusivamente privadas".

Según la acusación, Navarro trabajaba en el Banco de Córdoba y tenía a su cargo la timbradora de la Dirección de Rentas provincial. El cajero recibió documentos de varias entidades y los timbró por distintos montos. Se acusa al imputado de colocar en la máquina en 27 oportunidades importes inferiores a los correspondientes para después adulterar con un bolígrafo los valores que figuraban en los documentos. Por esto, la instrucción consideró que Navarro provocó una defraudación a la administración pública.