Este lunes comenzó a regir en el territorio provincial, de manera efectiva, las multas dispuestas por la ley 10.702 que establece el Régimen Sancionatorio ante la Emergencia Sanitaria por Covid-19.

La norma se aprobó el 8 de julio en la Legislatura provincial y busca proteger la salud pública. El pasado 17 de julio se puso en marcha, pero durante estos primeros 10 días las multas fueron condonadas.

En este marco, varios municipios de Córdoba empezaron a sumar su adhesión a ley provincial, siendo el primero Mendiolaza en la región de Sierras Chicas, tras aprobar una ordenanza municipal este lunes en el Concejo Deliberante.

Además, otras localidades de la provincia anticiparon su adhesión como Río Cuarto, Río Tercero y Villa María, a las que seguramente esta semana se sumarán otras.

En el caso de San Francisco, fuentes del Ejecutivo indicaron que por el momento no hay adhesión, aunque no quiere decir que en los próximos días se apruebe una ordenanza en este sentido. De darse, los inspectores municipales también podrán labrar actas de infracción por medio de sus inspectores.

Desde los 5 mil pesos

Las multas van desde los 5 mil pesos, por faltas leves, hasta los 500 mil pesos por más graves. La reincidencia las agrava.

En su primer artículo, la ley establece que será pasible del régimen sancionatorio excepcional “toda persona humana o jurídica que incumpla alguno de los protocolos de actuación, disposiciones y resoluciones del Centro de Operaciones de Emergencias central (COE) dentro del territorio de la provincia de Córdoba”.

Está vigente en toda la provincia

Que el municipio local aún no haya adherido a la norma no significa que nadie pueda ser multado al violar la norma establecida.

La autoridad de aplicación de la ley 10.702 es el Ministerio de Salud de Córdoba, mientras que la autoridad de control es el Ministerio de Seguridad provincial. Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional.

En San Francisco la tarea la deben llevar adelante los efectivos que integran la Policía de Córdoba.

En detalle

La nueva ley sanciona incumplimientos de medidas de protección personal (multas de entre 5 mil y 10 mil pesos); de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales (5 mil a 50 mil pesos); de medidas de prevención en relación a reuniones familiares o de cualquier tipo (10 mil a 100 mil pesos); de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial (50 mil a 500 mil pesos); y de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica (20 mil a 200 mil pesos).

La ley también incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.

También contempla una morigeración de las sanciones para quienes aporten “información, datos o requerimientos relevantes” a la Autoridad Sanitaria Provincial, de utilidad para la investigación epidemiológica. Podrán lograr reducciones en las multas “a la mitad de la escala sancionatoria prevista para cada caso”, según estipula la ley.

En casos de reincidencia, el importe de las multas se duplicará.

Los recursos obtenidos a través de las multas se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.