El Senado sancionó el pasado miércoles la ley de muerte digna, que otorga a las personas internadas por enfermedades terminales el derecho a rechazar procedimientos de prolongación de la vida cuando le produzcan un sufrimiento significativo.

La iniciativa modifica varios artículos de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente e introduce cláusulas referidas a la "autonomía del paciente" en cuanto al tratamiento de su enfermedad y a la continuidad o cancelación de los procedimientos médicos.

Mario Vignolo, director del Hospital Iturraspe San Francisco, dialogó con EL PERIÓDICO sobre la nueva medida: “No es eutanasia, sobre lo que la mayoría de los profesionales médicos estamos en contra. Así sería muy fácil legislar si después el gatillo lo tiene que apretar el médico”.

Según el profesional de la salud, “la muerte digna es una herramienta para luchar contra el encarnizamiento del tratamiento terapéutico, que muchas veces se aplican para que una persona siga luchando cuando no tiene ninguna chance de sobrevivir”.

Vignolo explicó que no se trata de una medida para interrumpir una vida, “sino que se dejan de realizar procedimientos para que esa persona no siga sufriendo”. Aunque esto no significará la interrupción de medidas y acciones para el adecuado control del dolor del paciente, en el sentido de brindarle los respectivos calmantes al sufriente.

“Es una actitud pasiva ante determinados casos –sostiene el director del Hospital-, donde al paciente no le queda ninguna chance de vida, y que, con el consentimiento de la persona, que la debe dejar por sentado previamente, o por una decisión de la familia, se dejan de realizar procedimientos que sólo servirían para prolongar agonía”.

Sentido común

Para Vignolo, la ley de muerte digna es una herramienta que surge del sentido común “y que en algunas oportunidades, con la voluntad del paciente y de la familia, se ha aplicado”.

De igual forma, el médico manifestó que “no te podría decir que hubo casos específicos en el Hospital, pero el mismo hecho de interrumpir una asistencia respiratoria cuando existe muerte cerebral, es una decisión que tiene que ver con esta nueva ley”.

E insistió: “No se trata de inyectarle algo para que el paciente muera, sino que se deja de brindarle una medicación, una asistencia respiratoria mecánica, decisión consensuada con el paciente y la familia. Esto le va a evitar un problema legal al profesional, que antes por miedo a repercusiones legales, no realizaba”.