1) Formas de pago: Las ventas se realizarán al último y mejor postor, debiendo los compradores pagar:

a) Comisión de ley del Martillero, diez por ciento (10%) del precio del valor de la venta el que deberá abonarse en el acto de la subasta (si el o los martilleros revisten la calidad de sujeto responsable inscripto frente al IVA deberá adicionarse a la Comisión resultante la alícuota correspondiente), con más el dos por ciento (2%) aporte Colegio de martilleros. Los honorarios generados en virtud del remate a favor del martillero interviniente quedarán a cargo del adquirente por subasta y nada tendrá el martillero que reclamar al municipio.

b) El Treinta (30%) por ciento del valor total de la compra, se efectuará en concepto de seña en el acto del remate, en efectivo o cheque propio del adquirente emitido a la orden de la Municipalidad de la ciudad de San Francisco.

c) El Setenta (70 %) por ciento correspondiente al saldo del precio se hará efectivo previo al retiro de los elementos, el que podrá efectuarse una vez que el departamento ejecutivo municipal, apruebe mediante Decreto el acta de remate, emita Certificado de subasta y dentro de los tres (03) días hábiles siguientes, contados a partir de la notificación fehaciente de la aprobación de la subasta, la que se efectuará mediante la publicación por un (1) día en el diario local. El pago se deberá hacer en efectivo o con cheque propio certificado a la orden de la Municipalidad de San Francisco, en la oficina del departamento de tesorería municipal, sita en calle Libertad N°1149 de esta ciudad, de 8:00 a 12:00 horas. Si vencido el plazo establecido para el pago total del precio, el adquirente no integrare el mismo perderá los importes abonados en concepto de seña y comisión sin derecho a reclamo alguno en compensación de frustración de la subasta, comisión de martillero, independientemente de otras responsabilidades que por daños y perjuicios sufra la Municipalidad de San Francisco y/o el subastador.

d) el que hubiere adquirido un bien o y este no fuere aprobado por el departamento ejecutivo municipal, deberá retirar el importe en concepto de seña, y gestionar con el martillero interviniente lo abonado en concepto de comisión, sin ningún derecho a resarcimiento alguno de ninguna naturaleza, dentro del término de TRES (3) días hábiles posteriores contados a partir de la notificación fehaciente de la aprobación de la subasta. Vencido este término el mismo perderá los importes abonados en tales conceptos.

e) Estará a cargo exclusivo del personal de la Tesorería Municipal asignado al efecto por la Secretaría de Economía y Finanzas, la percepción de los importes obtenidos en la subasta, la emisión de recibos y el otorgamiento de facturas correspondientes en su oportunidad. La municipalidad se reserva el derecho de admisión y, a su sola opción de sacar de la subasta cualquiera de los bienes que se exhiban.

f) El martillero interviniente queda facultado a determinar el destino del bien una vez subastado, según la necesidad del adquirente, a excepción de los s que serán rematados para desguace.

g) El Propietario registral y/o persona que conste en los expedientes administrativos como conductor de un vehículo a subastar, no podrá presentarse como comprador.

2) RETIRO DE LOTES

a) El retiro de s será por cuenta exclusiva de los compradores.

b) Los s que se paguen de contado en el acto de subasta, deberán ser retirados una vez aprobada el acta de subasta por el departamento ejecutivo municipal el que se deberá expedir dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores a la subasta.

c) El retiro de s subastados podrá operarse, recién cuando se abone el saldo del precio conforme lo establecido en el Punto 1. c), quedando entendido que la municipalidad no se responsabiliza por deterioros o faltantes, desde la fecha de subasta hasta el real retiro.

d) Los compradores de los vehículos deberán acreditar al momento de retirar los bienes adquiridos en la subasta, que ha sido presentado el trámite de inscripción a su nombre ante el RNPA, siendo a su cargo los aranceles y gastos de transferencia. El presente trámite no autoriza al comprador a circular, hasta tanto se encuentre inscripto definitivamente el bien a su nombre.

3) PERDIDA DE DERECHOS:

Los compradores que no paguen el saldo del precio en el plazo de tres días posteriores a ser notificados, en las condiciones dispuestas en el Punto 1. C) del presente, perderán sus derechos y los s pasarán nuevamente a disposición de la municipalidad de San Francisco, para ser rematados nuevamente.

4) ESTADO DE LOS BIENES:

a) Los bienes se subastarán en el estado visto en que se encuentran y que se exhiben por lo que no se aceptará reclamo alguno sobre su estado, condición, componentes, accesorios, desperfectos, deterioros, faltantes, etc.

b) Los vehículos estarán en exhibición en el predio ubicado en calle Av. Cervantes N° 3657 de esta ciudad de San Francisco entre los días jueves 10 y viernes 11 de diciembre de 2015 de 7a 13 y de 16 a 19.

c) Si antes del remate compareciera en día y hora hábil administrativo( de lunes a viernes de 7:00 a 12:30 horas), alguna persona acreditando derechos sobre algún/os del /los bien/es de los que haya/n de subastarse, la Autoridad de Aplicación restituirá el/los mismo/s previo pago de la multa impuesta, los gastos de traslado, depósito y la deuda certificada en caso de corresponder.

5) DOCUMENTACIÓN:

a) La documentación de los s subastados Será entregada por la municipalidad a los compradores, previa acreditación del pago total del precio.

b) Los gastos de inscripción o trasferencia de los motovehículos y automotores conforme lo establecido respecto del destino del bien que se le hubiere dado en el acta de subasta, estará a cargo exclusivo de los compradores, quedando la municipalidad liberada del pago de cualquier impuesto, tasa o derecho sobre el particular.

c) No se admitirán reclamos por falta de documentación de los s que hubieren sido destinado para desguace, entendiéndose que se rematan en condición de chatarra.

6) LOS COMPRADORES:

a) Deberán exhibir su documento de identidad.

b) Deberá el adquirente constituir domicilio en la ciudad de San Francisco, donde le serán válidas todas la notificaciones que se dicten y publiquen al efecto.

c) Para el caso que el adquirente no compre para si, sino para un tercero comitente, deberá concurrir al acto de subasta con una autorización expresa extendida por dicho comitente, con firma certificada ante autoridad judicial o notarial. Sino concurriese al acto con dicha documentación deberá expresar los datos de identidad de su comitente ( nombre, apellido, domicilio y documento de identidad) estando obligado a presentar la ratificación de dicha adquisición por parte del comitente dentro de las veinticuatro (24) horas del día hábil administrativo siguiente de efectuada la subasta, por ante el Tribunal Administrativo de Faltas sito en calle Av. Cervantes N° 3657 de esta ciudad, en forma expresa por escrito y con la firma de ambos, (comprador y comitente) certificada por autoridad judicial o notarial. De no hacerlo en el plazo y lugar indicados se considerara que el adquirente ha comprado para sí y no para terceros. Este requisito se comunicará a los asistentes al acto de subasta, por parte del martillero interviniente previo inicio de la misma.