Este miércoles se cumplió en todo el país la etapa presencial del Censo Nacional 2022, que consiste en el relevamiento presencial casa por casa que realizarán más de 600 mil personas, entre censistas urbanos y rurales y coordinadores nacionales y provinciales que estarán identificados con chalecos específicos, en el marco de una jornada que fue declarada feriado nacional.

Sin embargo, hubo varios usuarios que informaron o reclamaron en redes sociales que no habían sido censados, ya que el o la censista no había pasado por su vivienda, o bien no se encontraban presentes.

¿Qué pasa si no fui censado? En esos casos, desde el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informaron que se podrá enviar un mail a la dirección de correo electrónico censo@indec.gob.ar. En el Asunto del correo se debe poner “No fui censado/a”, y luego incluir los datos personales.

¿Qué datos hay que indicar? El nombre y apellido, la provincia, partido/departamento, la localidad, la calle, el número, el piso y el departamento. Quienes hicieron el censo digital deben poner el código de seis dígitos y un teléfono de contacto.

La consulta también se puede hacer al teléfono gratuito 0800 345 2022, para lo cual se deberán dar los mismos datos.

Caso por caso

El titular del INDEC, Marco Lavagna, dio por terminado el operativo del Censo 2022 pasadas las 18.30. En una conferencia de prensa detalló que la jornada se desarrolló “sin grandes inconvenientes” y aseguró que están “muy contentos” con el resultado.

Ante la consulta sobre los hogares que no fueron relevados, Lavagna señaló que “siempre existen viviendas que quedan pendientes”.

“Vamos a ir atendiéndolas una por una, no se preocupen, quédense tranquilos, todas las viviendas van a ser censadas como corresponde”, agregó.

En esa línea, explicó que quienes ya completaron el censo digital no deben preocuparse ya que el organismo “ya tiene sus datos” y que los casos en que no fueron visitados por un censista y no completaron el formulario digital, serán atendidos “en la semana de supervisión o recuperación”.

Cabe recordar que el censo es obligatorio para todos los habitantes. “Todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020″, explicaron desde el Indec.