Este martes el Gobierno nacional dio un paso más para concretar la llegada de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) a la Argentina y en especial, su incursión en el negocio del fútbol: autorizar la transformación de los clubes en sociedades anónimas y permitir el ingreso de asociaciones civiles y fundaciones como accionistas.

A través de la Inspección General de Justicia (IGJ), el Ejecutivo emitió una resolución que establece una serie de desregulaciones y flexibilizaciones de trámites, entre las cuales precisó los alcances de dos artículos del decreto 70/23 que Javier Milei firmó al comienzo de su mandato.

La resolución señala que, tomando “lo dispuesto en los artículos 346 y 347” del DNU 70/23: "debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina".

Según lo que señala el escrito, estas modificaciones comenzarán a aplicarse a partir del 1 de noviembre en 2024.

Argumentos 

Cuáles son los argumentos del Gobierno para instar a la aceptación de las Sociedades Anónimas Deportivas en el fútbol argentino

Según la Resolución General 15/2024 que se publicó este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno intentará “corregir la crisis terminal que enfrenta la economía argentina y una de las vías más efectivas es eliminar las restricciones estatales que impiden el normal desarrollo y desenvolvimiento de las empresas”.

En ese sentido, se agrega que “para lograr los objetivo perseguidos la inversión extranjera es fundamental, especialmente en los casos de la búsqueda de desarrollo de los países emergentes. Entonces, la llegada del capital extranjero permite la creación de nuevas empresas, la generación de empleo formal y contribuye a reducir los niveles de pobreza y desigualdad”.

Según los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y de Urgencia Nº 70/2023, “debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina”.