En solo dos días, la Policía de San Francisco labró 32 actas por no utilizar barbijos o tapabocas, medidas dispuestas ante la vigencia de la ley 10.702 que establece el Régimen Sancionatorio por la Emergencia Sanitaria por Covid-19.

Al respecto, el comisario mayor de la Jefatura del Departamento San Justo, Mauricio Rantica, confirmó que “desde ayer martes el personal de calle comenzó con la constatación y el labrado de actas que a través de una aplicación en los teléfonos de los agentes que labra el acta inmediatamente. Lo que más se ha detectado es el incumplimiento de las medidas de protección personal, es decir la falta de uso de barbijos”.  

Los Juzgados Provinciales de Faltas intervinientes en las infracciones de tránsito tendrán competencia para juzgar faltas establecidas en el régimen sancionatorio excepcional. Mientras tanto, la Policía continúa capacitando al personal de calle para prepararse ante la mayor afluencia de gente que se dará el fin de semana, ante las reuniones familiares y las posibles fiestas clandestinas.

“Creemos que la aplicación va a ser progresiva y no deja de ser un llamado de atención a la comunidad que hay que respetar las medidas de prevención de adopta el COE Central”, indicó Rantica. A su vez agregó: “Hasta el momento hubo un buen acatamiento por parte de la gente, no ha habido resistencias ante los procedimientos, esto creemos que va a tener mayor afluencia de gente cuando se den las reuniones familiares y grupales, estas últimas prohibidas conforme lo establece el reglamento”.

Para Rantica el control de los espacios verdes también serán un desafío para los agentes de calle, por ello continuarán los patrullajes y recorridos por las plazas y parques. A la vez que podrán monitorear el cierre de comercios no esenciales como así también de bares y restaurantes.

Las sanciones

Las multas previstas en esta ley provincial oscilan entre los 5 mil y los 500 mil pesos, y se impondrán al detectarse conductas que transgredan protocolos de seguridad o sanitarios.

La nueva ley sanciona incumplimientos de medidas de protección personal (la no utilización de barbijo o tapabocas, con multas de entre 5 mil y 10 mil pesos); de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales (5 mil a 50 mil pesos); de medidas de prevención en relación a reuniones familiares o de cualquier tipo (10 mil a 100 mil pesos); de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial (50 mil a 500 mil pesos); y de cuarentena, aislamiento sanitario estricto y cualquier otra indicación epidemiológica (20 mil a 200 mil pesos).

La ley también incluye descuentos del 50 por ciento en las multas cuando el infractor pague en forma voluntaria.

También contempla una morigeración de las sanciones para quienes aporten “información, datos o requerimientos relevantes” a la Autoridad Sanitaria Provincial, de utilidad para la investigación epidemiológica. Podrán lograr reducciones en las multas “a la mitad de la escala sancionatoria prevista para cada caso”, según estipula la ley. En casos de reincidencia, el importe de las multas se duplicará.

Los recursos obtenidos a través de las multas se destinarán al Fondo para la Atención del Estado de Alerta, Prevención y Acción Sanitaria por Enfermedades Epidémicas.