Anses: fechas de cobro de jubilaciones y pensiones en julio 2020
La Administración Nacional de Seguridad Social actualizó el calendario de cobro para los jubilados y pensionados en julio de 2020. También para pensiones no contributivas.

La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) informó el calendario con las fechas de pago para jubilados y pensionados nacionales para el mes de julio de 2020, el cual comenzará el miércoles 1 de julio para pensiones no contributivas (PNC) y continuará según la cifra a percibir y terminación de DNI.
Las jubilaciones comienzan a pagarse el miércoles 8 de julio.
Jubilados y pensionados podrán cobrar en ventanilla de los bancos sin necesidad de sacar turno.
Importante: los beneficiarios que tengan tarjeta de débito pueden retirar su dinero a través de un cajero automático cuando quieran y que no están obligados a ir a la sucursal el día de cobro. Además, pueden usar su tarjeta de débito para hacer compras en comercios.
¿Cuándo cobran los jubilados y pensionados en julio de 2020?
1- Jubilaciones y Pensiones mínimas que no superen los $18.952:
DNI Fecha de Pago
0 Miércoles 8 de julio
1 Lunes 13 de julio
2 Martes 14 de julio
3 Miércoles 15 de julio
4 Jueves 16 de julio
5 Viernes 17 de julio
6 Lunes 20 de julio
7 Martes 21 de julio
8 Miércoles 22 de julio
9 Jueves 23 de julio
2- Jubilaciones y Pensiones superiores a los $18.952:
DNI Fecha de Pago
0 y 1 Viernes 24 de julio
2 y 3 Lunes 27 de julio
4 y 5 Martes 28 de julio
6 y 7 Miércoles 29 de julio
8 y 9 Jueves 30 de julio
3- Pensiones No Contributivas
DNI termina en: Día de cobro
0 y 1 Miércoles 1 de julio
2 y 3 Jueves 2 de julio
4 y 5 Viernes 3 de julio
6 y 7 Lunes 6 de julio
8 y 9 Martes 7 de julio
Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas julio 2020
Todas las terminaciones de DNI→ Desde el 8 de julio al 10 de agosto.
La Anses otorga a las pensiones no contributivas a personas que no cuentan con recursos económicos ni trabajo formal e incluyen las pensiones por invalidez (aquellos que acrediten una disminución del 76% o más en su capacidad laboral), para madres de siete o más hijos y por vejez (para personas de 70 años o más que no tengan cobertura previsional o no contributiva).