La resolución 2407/2012 del Ente Nacional Regulador del Gas, publicada hoy en el Boletín Oficial, autoriza a las empresas distribuidoras del fluido "a aplicar un monto fijo por factura, diferenciado por categoría de usuario", tal como lo anunciaron el viernes pasado el ministro de Planificación Federal, Julio de Vido, y el viceministro de Economía, Axel Kicillof.

Los aumentos, que para consumidores residenciales se extenderán hasta los 60 pesos, regirán desde este mes, serán bimestrales y abarcarán los servicios prestados por todas las gasíferas del país, en tanto que los recursos de los fondos fiduciarios que se constituyan serán administrados por el Banco Nación.

Para los comercios las subas serán entre 25 y 1.000 pesos, mientras que las industrias deberán cumplir un pago extra de 2.000 pesos.

El artículo tercero de la norma, suscripto por el interventor del Ente Nacional Regulador del Gas, Antonio Pronsato, dispone que "los importes resultantes" de este incremento "deberán ser depositados en los fideicomisos creados al efecto, y serán utilizados exclusivamente para la ejecución de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes".

Los montos fijos establecidos, según cada categoría, son los siguientes:

Categoría de Usuario Importe por Factura

R1 $ 4,00

R 2.1 $ 5,00

R 2.2 $ 6,50

R 2.3 $ 8,50

R 3.1 $ 15,00

R 3.2 $ 20,00

R 3.3 $ 30,00

R 3.4 $ 60,00

SGP 1 $ 25,00

SGP 2 $ 60,00

SGP 3 180,000 m3/año $ 150,00

SGP 3 180,000 m3/año SGG $ 1.000

GUID-GUIT GUFD-GUFT $ 2.000

(Agencias)