Parece un buen plan para muchos llevarse unas cervezas a la "costanera" o alguna plaza de la ciudad en los días de calor, pero conviene saber que la idea se puede complicar y salir un poco cara. Porque solo el pasado fin de semana los inspectores de la Municipalidad de San Francisco aplicaron 14 actas de infracción (que derivan en multas) por consumo de alcohol en la zona de avenida Cervantes.

Y ahora viene la parte donde la cosa se complica: la infracción conlleva de 30 a 300 unidades de multa, es decir, de casi 1800 a nada menos que 18 mil pesos a valores actuales, ya que se calcula según el precio del litro de nafta súper YPF. Y que, si no se pagan, traerá problemas luego para sacar o renovar el carnet de conducir, ya que este tipo de infracciones y otras al código de faltas son un obstáculo para obtener el libre deuda necesario para hacer este trámite, confirmaron desde el municipio.

En San Francisco, el consumo de alcohol en la vía pública está prohibido en todo momento del día por la ordenanza 6428, a excepción de los lugares habilitados en eventos públicos, como la Peatonal o el Festival de la Buena Mesa. La misma ordenanza prohíbe la venta de alcohol para consumir en la vía pública entre las 23 y las 8 del día siguiente, también con la excepción de los lugares habilitados para tal fin.

Desde la Municipalidad, aseguraron que los agentes de Policía Municipal realizan controles en forma permanente en todos los espacios públicos de la ciudad (plazas y paseos) y aclararon que cuando se detecta un caso de consumo de alcohol en la vía pública los agentes no secuestran las bebidas sino que las hacen tirar y hacen el acta con la infracción. 

 ¿Qué dice la ordenanza?

La prohibición se detalla en el artículo 151 de la ordenanza 6428, cuyo texto se transcribe a continuación. 

"Art. 151º) PROHÍBESE la permanencia de personas consumiendo bebidas alcohólicas durante las 24 (veinticuatro) horas del día en la vía pública, con excepción de los lugares habilitados para tales efectos. Queda igualmente prohibido provocar desórdenes en la vía pública y la permanencia de menores de hasta 18 (dieciocho) años de edad, en los lugares y horarios no permitidos por Ordenanzas Municipales".