La jueza civil de primera nominación de Tribunales de San Francisco, Gabriela Castellani, tomó días atrás una medida excepcional contra un padre que no cumplía con el pago de la cuota alimentaria de su hija adolescentes: le suspendió la licencia de conducir de su automóvil y no podrá renovarla hasta tanto acredite el pago correspondiente. Tras la decisión, debió librar oficio a la Dirección de Tránsito dependiente de la Municipalidad para que haga efectiva la resolución.

Según la sentencia, a esta medida se llegó porque el hombre en cuestión no tiene inscriptos bienes registrables a su nombre para embargar; tampoco un sueldo del que retener el monto de la cuota alimentaria, aunque es propietario de un comercio.

El artículo 553 del Código Civil y Comercial habilita a los jueces a dictar medidas con el fin de lograr el cumplimiento efectivo de la obligación alimentaria, si existen incumplimientos reiterados. De esta forma se imponen al deudor sanciones que no figuran expresamente en la ley, siempre y cuando sean consideradas razonables.

En el mes de julio, por ejemplo, en la ciudad de Córdoba la Justicia le prohibió el ingreso a todo evento en el que participe el club Belgrano a un padre que también incumplió la cuota alimentaria de su hijo durante los últimos tres años.

El caso local

Antes de que la magistrada tome esta decisión “excepcional” hubo primero un juicio de filiación –habían sido pareja las partes- y tras la sentencia y el reconocimiento de la paternidad sobrevino otro juicio por alimentos ya que nunca se cumplieron los acuerdos.  

La damnificada es una adolescente de 16 años y su madre, quien realizó la demanda en mayo de 2022, es trabajadora doméstica. La deuda sería de casi 450 mil pesos. Además, el padre incumplidor fue inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

En diálogo con El Periódico, la jueza Castellani explicó que ante el incumplimiento reiterado de la obligación alimentaria, el tribunal “puede disponer medidas razonables para asegurar la eficacia de lo acordado por las partes, entendiendo que el derecho a la prestación alimentaria es de carácter urgente e impostergable, no admitiéndose dilaciones infundadas”.

Asimismo, aclaró que no todos los casos de juicio por alimentos donde no se paga la cuota terminan de la misma forma.

En este caso particular, se fijó un monto en relación a la capacidad económica del padre, el cual nunca fue cumplido por parte del hombre.

¿Cómo se determina la cifra? Castellani respondió que en estos casos se observa si la persona tiene bienes, su profesión, su sueldo, si es trabajador independiente. En el caso que esto último no se confirme, el porcentaje se fija sobre un punto de referencia que es el salario mínimo, vital y móvil.

“Si tiene recibo de sueldo se le hace retención sobre ese recibo. Si no tiene se busca si es dueño de un bien que se puede embargar, puede ser una propiedad, un vehículo. Si todo eso fracasa, el juez pueda asegurar la percepción de la cuota alimentaria a través de medidas que sean razonables analizando el contexto familiar”, declaró.

Muchas causas

Castellani admitió que son muchos los procesos judiciales abiertos relacionados a deudas con la cuota alimentaria y al régimen comunicacional.

“Cada vez son más y se deriva de las situaciones de crisis económica. La mamá que tenía un buen arreglo o acuerdo verbal que se venía cumpliendo con el padre (del niño o niña) y se dejó de cumplir, o cuesta que se pase a un monto más actualizado y se sigue pasando una cifra menor”, destacó.

La magistrada además dijo que trata de hacerles entender a los padres que la prioridad deben ser siempre los hijos y que hay que hacer sacrificios. “El conflicto creció para el cobro de las cuotas, la fijación de los alimentos y los regímenes de comunicaciones. Se mezclan los dos institutos jurídicos, los alimentos con el régimen comunicacional y se produce un conflicto entre papá y mamá que termina en la Justicia”, analizó.

Por último, Castellani reconoció que muchas veces los chicos son tomados de rehenes: “A veces los padres pierden el eje, ponen el interés sobre lo personal y no sobre los hijos. Como juez de familia trato de recomponer el interés sobre el hijo o los hijos porque están en un tironeo constante y no se pueden defender solo”, concluyó.