Quien presente una enfermedad irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal, tiene el derecho a manifestar su voluntad en el rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital.

Ante la imposibilidad o la incapacidad de brindar el consentimiento a cualquier actuación profesional, podrán hacerlo el cónyuge o conviviente, u otros familiares directos.

Deberá garantizarse que el paciente en la medida de sus posibilidades, participe en la toma de decisiones.

El rechazo de los procedimientos no significará la interrupción de medidas para el alivio del sufrimiento.

El paciente deberá formalizar una declaración de voluntad ante escribano público o juzgados de primera instancia. Dicha declaración podrá ser revocada en todo momento por quien la manifestó.