La semana pasada la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recategorizó a más de 4 millones monotributistas de acuerdo con la escala que oficializó en el mes de mayo. Además la nueva reglamentación y Resolución 5003 publicada en el Boletín Oficial, ajustó los montos de las escalas y las cuotas en un 35,3%. Sin embargo, a millones de monotributistas esta medida le generó una deuda retroactiva al mes de enero pese a haber pagado religiosamente sus obligaciones e impuestos.

Ante esta situación que causó indignación a profesionales y trabajadores que brindan algún servicio a mayor o menor escala, El Periódico Radio 97.1 (Lunes a viernes 17 a 19) consultó al doctor en Ciencias Económicas Carlos Cravero, quien explicó: “Normalmente cuando empieza el año la AFIP actualizaba los nuevos tramos y el importe a pagar, pero en este año 2021 no ocurrió por defecto del propio organismo. En lugar de actualizar en enero lo hizo ahora en junio pero con retroactivo a enero”.

“Como ocurre siempre AFIP legisla a favor del Estado y no del contribuyente, por eso en este caso sacaron los nuevos importes en junio pero lo hace retroactivo a partir del mes de enero pasado. Aquel monotributista que cumplió correctamente a tiempo hoy igual se encuentra con una deuda con la AFIP”, expresó.

“Esto generó en las entidades profesionales y los contribuyentes una situación de repulsa total a esta medida sin sentido común”, indicó Cravero.

“De acuerdo a lo legislado hasta hoy, los monotributistas tienen que verificar que con las nuevas tablas no hayan pasado a categorías superiores y tengan deudas desde el mes de enero”, remarcó. 


Reclamos 

Más allá de la recatogorízación y el aumento del impuesto para los monotributistas en tiempos tan complejos, lo que causó mayor impacto fue que el organismo nacional resulta cobrar de forma retroactivo.

“Jurídicamente la AFIP no debería cobrar retroactivo como lo ha hecho. Las normas legales no se pueden aplicar retroactivamente, siempre tienen vigencia en adelante. Pero acá estamos acostumbrado a esas normas”, manifestó Cravero.

Además sostuvo que las entidades profesionales están haciendo un planteo para revean “esta medida sin sentido”. 

“Hay tanta avidez de dinero por parte del Estado que termina pagando el profesional que trabaja y la gente de a pie”, consideró.

Cómo financiar en hasta 20 cuotas la deuda generada por la modificación retroactiva de las categorías

El organismo informó a través de un comunicado, que los pequeños contribuyentes pueden financiar en hasta en 20 cuotas, con intereses de 2,9% mensual, la diferencia generada como resultado del proceso de categorización de los monotributistas previsto en la ley 27.618.

La adhesión a los planes de facilidades de pago para los contribuyentes estará disponible a partir del primero de julio en el portal monotributo.afip.gob.ar. El organismo que conduce Mercedes Marcó Del Pont detalló que el monto mínimo a saldar en cada cuota es de 500 pesos, según publica Infobae.

Agregó que los contribuyentes deben ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar y consultar la categoría asignada por la AFIP. Las personas tienen la posibilidad de solicitar la modificación de la categoría asignada hasta el día 25 de junio, inclusive.