Según la Resolución General 3439 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el servicio de AFIP le permite a los usuarios computar como pago a cuenta en la declaración anual los impuestos sobre créditos y débitos en cuenta bancaria, las retenciones aduaneras y las hechas por las compras en el exterior con tarjetas de crédito o débito.

Para el caso de los gastos con plástico, se deberá consignar en el formulario 572 web el tipo de tarjeta con que se hizo la operación, seleccionar la denominación e ingresar el número de la misma. Luego, el aplicativo le solicitará CUIT y razón social o denominación del agente de percepción y el monto total de la retención realizada.

Además, el sistema habilita a los empleados en relación de dependencia computar las percepciones como pago a cuenta, informar datos de los conceptos que pretenda deducir de Ganancias e informar sobre pluriempleo.

El usuario también podrá dar cuenta de todos los conceptos que desee para deducir del régimen del Impuesto a las Ganancias como las primas de seguro para el caso de muerte, las cuotas médico/ asistenciales, las cargas de familia, los intereses por préstamos hipotecarios y las donaciones y las cargas por personal doméstico, entre otras desgravaciones.