Los camaristas de Segunda Instancia en lo Penal, Cristian Fiz, Juan Manuel Oliva y Matías Drivet, revocaron por unanimidad la condena impuesta en primera instancia a un hombre como autor del delito de portación indebida de arma de fuego sin fines ilícitos en Josefina, informa Diario La Opinión.

Siempre de acuerdo a este medio, el condenado, un ciudadano colombiano de 27 años, fue juzgado en los tribunales de la ciudad de Rafaela en octubre del año pasado. En aquella oportunidad, el juez Osvaldo Carlos lo condenó a tres años de prisión de cumplimiento condicional.

“Si bien desde la Fiscalía se había solicitado la pena de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, el juez consideró que el condenado portaba el arma, pero que lo hacía sin fines ilícitos. Por ello resolvió imponer una pena de tres años en suspenso”, sostuvo en aquel momento el fiscal a cargo de la investigación de los hechos, Carlos Vottero.

Acerca de lo resuelto en Segunda Instancia, el funcionario del MPA sostuvo: "Los magistrados dispusieron modificar el atenuante del delito por el que se había condenado al hombre. Por eso es que, siguiendo el planteo formulado por la Fiscalía, dispusieron imponer la pena por el delito de portación ilegítima de arma de fuego de guerra, revocar la condicionalidad de la condena e incrementarla de tres años a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo”.

“Desde la Fiscalía siempre entendimos que, en este caso, la portación de un arma de fuego de guerra en la vía pública debía ser entendida con fines ilícitos”, subrayó el fiscal.

El hecho

De acuerdo a la fuente mencionada anteriormente, Votttero recordó que el delito que se investigó ocurrió el martes 25 de diciembre de 2018 alrededor de las 14.

El fiscal relató: "En circunstancias en que un agente policial –perteneciente al destacamento 6° del barrio Acapulco de Josefina– fue alertado de que en la vía pública se estaba produciendo una balacera, advirtió la presencia del hombre portando en su cintura un arma de fuego calibre 40 sin la debida autorización legal para hacerlo”.

“Esta situación generó que el agente y los uniformados que prestaron colaboración procedieran a la aprehensión del condenado y al secuestro del arma de fuego”, concluyó Vottero.

El arma de fuego en cuestión sería de calibre 40.