Hasta el 20 de enero inclusive hay plazo para que los inscriptos al régimen simple del monotributo computen los últimos 12 meses de facturación para saber si se deben recategorizar su categoría, mantener la misma o si queda expulsado del régimen simple.
 
¿Qué trámite hay que hacer?

  • El contribuyente debe ingresar al sitio web www.afip.gov.ar o descargarse en su teléfono móvil la APP “mi monotributo”
  • Luego de ingresar su CUIT y clave fiscal, debe ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
  • Luego visualizaran los datos que AFIP tiene de vos a título informativo.
  • Continuando, encontraran la opción “Recategorizarme”
  • Luego le pide que inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido.
     

Cada contribuyente deberá hacer el trámite hasta el 20 de enero, inclusive, ya que en caso de no hacerlo, luego del vencimiento de la misma, la AFIP lo realizará de oficio y de manera peyorativa contra el contribuyente.

La AFIP ya dio a conocer los nuevos valores de los pisos de las 11 categorías del Régimen simple. Esto significa que la recategorizacion de enero 2020 se debe realizar con estos nuevos parámetros.

Estos nuevos parámetros corresponden a la movilidad de jubilaciones y prestaciones sociales, aplicable también a las 11 categorías del régimen, actualizando los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar mensualmente tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional y de salud.

La nueva tabla de valores entró en vigencia el 1 de enero de 2020 y es aconsejable que se revise con cuidado para llevar a cabo el trámite de recategorización, en caso de corresponder, en ese mismo mes.

Estas serán los nuevos pisos anules, mensuales y la cuota de mes a partir de enero de 2020.

Últimos días para recategorizar el monotributo: ¿quiénes deben hacerlo y cómo es el trámite?

Con información de Ámbito.com