La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta de una cerveza, de otros productos, de un aceite y de unas galletitas, según se publicó este martes en el Boletín Oficial.  

Productos alimenticios

El organismo prohibió la comercialización en el país de los alimentos rotulados como:

  • “Provenzal, perejil y ajo, peso neto 25 gramos (RNPA 02-598267), lote 190.405, fecha de vencimiento abril 2021”.
  • “Nuez moscada, peso neto 25 gramos (RNPA 02-564410), lote 190.401, fecha de vencimiento abril 2021”.
  • “Pesto, peso neto 20 gramos (RNPA 4075-219-10), lote 190.327, fecha de vencimiento marzo 2021”.
  • “Pimentón extra dulce, peso neto 50 gramos (RNPA N° 02-598274), lote 190.404, fecha de vencimiento abril 2021”. 
  • “Ají molido, peso neto 50 gramos (RNPA 02-598292), lote 190405, fecha de vencimiento abril 2021”, todos elaborados y envasados por Poo Alimentos SA (R

    Los productos –según se explicó– "se hallaban en infracción" de una serie de normativas "por estar adulterados al presentar elementos histológicos ajenos a los productos, tal como señalaron los informes de laboratorio. En consecuencia, resultaban ilegales".

    Aceite de oliva

    A su vez, Anmat prohibió la venta en la Argentina del aceite de oliva extravirgen marca Finca Don Francesco (RNPA 4117-0424-13, RNE 4117-105656-13), de Aimogasta, La Rioja, como asimismo todo producto con el RNE N° 13003815.

    El producto se hallaba en infracción de algunas normativas "por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado y ser, en consecuencia, ilegal".

    Galletitas, quesitos

    Por otro lado, prohibió la comercialización en el país  de las "galletitas, quesitos, omega 9,0% grasas trans", por 140 gramos, debido a que los productos violan la normativa "por carecer de autorización de producto como alimento, no cumplir con las normas de rotulación, no declarar el rotulado nutricional, resultando ser, en consecuencia, ilegal".

    Cerveza

    Por último, prohibió la venta en la Argentina de la cerveza especial Mahou Cinco Estrellas, con logo facultativo de alimento libre de gluten, elaborada por Mahou SA, Madrid, España.

    El producto se halla en infracción de la normativa "por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, estar falsamente rotulado al consignar la leyenda libre de gluten sin estar autorizado como tal, siendo, en consecuencia, ilegal, y a la resolución GMC 26/03 por no tener su rótulo complementario adecuado a la normativa vigente".

Fuente: La Voz del Interior