En el marco de una acción de amparo presentado por la madre de un niño con Síndrome de Down, el Juzgado Federal Número 1 de Córdoba resolvió que la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (Osecac) cubra un tratamiento con equinoterapia.

El fallo fue emitido en noviembre del año pasado y esta semana la obra social lo cumplimentó, emitiendo la autorización para la prestación durante todo el año 2018, aun cuando no está incluida en el listado nomenclado del Ministerio de Salud.

Con el patrocinio de la abogada Valeria Melacrino, el año pasado se inició el amparo para solicitar la cobertura Íntegra del tratamiento psicológico, de equinoterapia y de hidroterapia, por el tiempo establecido en los pedidos médicos, para el pequeño B.M.T.

Se trata de un niño de 7 años de edad que padece Síndrome de Down y Dispraxia verbal y asiste a una escuela primaria pública en la ciudad de Villa Carlos Paz, donde se encuentra totalmente adaptado e incluido.
A sabiendas de que este tipo de terapias aumentan la capacidad del niño de crecer y le permiten aprender habilidades nuevas, es que se le dio lugar a esta acción de amparo.

En diálogo con La Nueva Mañana, Valeria Melacrino comentó que “si bien se obtuvo la sentencia a fines del año pasado, cuando el Juzgado federal Nº 1 ordenó a la demandada, la obra social Osecac, la cobertura para la equinoterapia, lo trascendente es que se trata de una prestación no nomenclada en el listado de las prestaciones autorizadas por el Ministerio de Salud. Por eso, hubo casos en que se facturaba como psicología o como terapia de apoyo, pero nunca como equinoterapia propiamente dicha, como se logró hacer hoy”.

“Acatando el fallo del año pasado, Osecac emitió las autorizaciones pertinentes para este período 2018 bajo la denominación módulo equinoterapia”, precisó Melacrino y aseguró: “El fallo abre muchas puertas porque es una terapia muy beneficiosa en muchos aspectos para personas con discapacidad y era algo que no se estaba cubriendo de parte de las obras sociales. Pero, por otro lado, no se había dado la cobertura sobre lo que realmente es. Creemos que, como es un fallo que está firme, puede ser utilizado como jurisprudencia para otros casos análogos”, aseguró la abogada.

Terapia “pseudocientífica”

La equinoterapia o terapia asistida ecuestre es una pseudoterapia empleada por profesionales de la salud para promover la rehabilitación de niños, adolescentes y adultos a nivel neuromuscular, psicológico, cognitivo y social, por medio del caballo como herramienta terapéutica.

Actualmente no existe base científica suficiente que indique que sea eficaz para el tratamiento de algún tipo de discapacidad intelectual y es por esto que algunos la consideran una terapia “pseudocientífica”. Sin embargo, se han constatado mejoras en el desarrollo de habilidades motoras, de postura, conducta y el ajuste emocional en niños con parálisis cerebral, con dificultades sensoriales, y parapléjicos.

Es por eso que ha habido proyectos para avanzar en una ley que obligue a las obras sociales a dar cobertura en estas prestaciones, que hasta el momento se han dan brindado en casos puntuales, pero siempre vía amparo judicial.

Fuente: La Nueva Mañana