Registradas: prorrogan régimen de blanqueo de trabajadoras de casas particulares
Se trata de la iniciativa por la cual el Estado reintegra, a los empleadores que pongan en blanco a las empleadas domésticas, parte del sueldo de las trabajadoras de casas familia.
El Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo para acceder al Programa Registradas, la iniciativa vigente por la cual el Estado reintegra a los empleadores que pongan en blanco a las empleadas domésticas, parte del sueldo de las trabajadoras de casas familia. La medida que tiene como objetivo "promover el acceso y la permanencia del empleo de las trabajadoras de casas particulares, garantizar sus derechos y su inclusión financiera y avanzar hacia la igualdad de género", fue prorrogada y se establecieron algunos cambios en relación a la normativa vigente hasta el 30 de junio.
A partir de ahora, podrán solicitar el ingreso al Programa Registradas los empleadores que "durante los 12 meses anteriores hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el artículo 26, inciso z) de la Ley de Impuesto a las Ganancias", reemplazando al tope de ingresos establecidos originalmente en $175 mil.
El decreto flexibiliza la exigencia de horas de trabajo del personal a registrar. Mientras hasta ayer aplicaba a trabajadores y trabajadoras con contratos por 12 horas semanales o más, ahora la dedicación deberá ser "igual o mayor a seis horas semanales". Mientras tanto, se mantienen las exigencias de que la nueva relación laboral se registre bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas y "a partir de la fecha de inicio del Programa", como también la de que el trabajador o trabajadora deberá seguir estando dentro de las categorías de personal para tareas específicas, de caseros, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales.
También se mantiene el límite establecido en lo establecido originalmente, en lo referido a que las personas empleadoras podrán registrar solamente a una trabajadora. La parte empleadora podrá solicitar la inscripción a este programa en la página web de AFIP.
El Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $15.000 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora, la que deberá transferir el porcentaje restante, pago de los aportes, contribuciones y ART y obligación de mantener el puesto de trabajo los 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.
Requisitos
Podrán solicitar el ingreso al Programa “REGISTRADAS” aquellas empleadoras y aquellos empleadores de personal de casas particulares que cumplan con todas las condiciones que se enuncian a continuación:
a) que durante los DOCE (12) meses calendario inmediatos anteriores a los períodos mensuales definidos por la normativa complementaria que dictará a tal fin el Ministerio de Trabajo hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el artículo 26, inciso z) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, o aquel que en el futuro lo reemplace y
b) que registren una nueva relación laboral comprendida en el Régimen establecido en la Ley N° 26.844 a partir de la fecha de inicio del Programa, la que deberá reunir los siguientes requisitos:
I. que esté encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales;
II. que sea con dedicación igual o mayor a seis horas semanales de trabajo.
La solicitud del beneficio por parte de la empleadora o del empleador implica su consentimiento para que la AFIP suministre la información necesaria para el control y la operatividad del beneficio a la Autoridad de Aplicación”.