El Gobierno extendió hasta el 31 de diciembre de 2022 el plazo para acceder al Programa Registradas, la iniciativa vigente por la cual el Estado reintegra a los empleadores que pongan en blanco a las empleadas domésticas, parte del sueldo de las trabajadoras de casas familia. La medida que tiene como objetivo "promover el acceso y la permanencia del empleo de las trabajadoras de casas particulares, garantizar sus derechos y su inclusión financiera y avanzar hacia la igualdad de género", fue prorrogada y se establecieron algunos cambios en relación a la normativa vigente hasta el 30 de junio.

A partir de ahora, podrán solicitar el ingreso al Programa Registradas los empleadores que "durante los 12 meses anteriores hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el artículo 26, inciso z) de la Ley de Impuesto a las Ganancias", reemplazando al tope de ingresos establecidos originalmente en $175 mil.

El decreto flexibiliza la exigencia de horas de trabajo del personal a registrar. Mientras hasta ayer aplicaba a trabajadores y trabajadoras con contratos por 12 horas semanales o más, ahora la dedicación deberá ser "igual o mayor a seis horas semanales". Mientras tanto, se mantienen las exigencias de que la nueva relación laboral se registre bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas y "a partir de la fecha de inicio del Programa", como también la de que el trabajador o trabajadora deberá seguir estando dentro de las categorías de personal para tareas específicas, de caseros, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales. 

También se mantiene el límite establecido en lo establecido originalmente, en lo referido a que las personas empleadoras podrán registrar solamente a una trabajadora. La parte empleadora podrá solicitar la inscripción a este programa en la página web de AFIP.

El Estado nacional paga una parte del sueldo de la trabajadora hasta $15.000 durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora,  la que deberá transferir el porcentaje restante, pago de los aportes, contribuciones y ART y obligación de mantener el puesto de trabajo los 4 meses posteriores a la finalización del beneficio.

Requisitos

Podrán solicitar el ingreso al Programa “REGISTRADAS” aquellas empleadoras y aquellos empleadores de personal de casas particulares que cumplan con todas las condiciones que se enuncian a continuación:

a) que durante los DOCE (12) meses calendario inmediatos anteriores a los períodos mensuales definidos por la normativa complementaria que dictará a tal fin el Ministerio de Trabajo hayan obtenido ingresos brutos de cualquier naturaleza, cuyo promedio mensual sea igual o inferior al importe establecido por el artículo 26, inciso z) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, o aquel que en el futuro lo reemplace y

b) que registren una nueva relación laboral comprendida en el Régimen establecido en la Ley N° 26.844 a partir de la fecha de inicio del Programa, la que deberá reunir los siguientes requisitos:

I. que esté encuadrada en las categorías de personal para tareas específicas, de caseros y caseras, de asistencia y cuidado de personas o de personal para tareas generales;

II. que sea con dedicación igual o mayor a seis horas semanales de trabajo.

La solicitud del beneficio por parte de la empleadora o del empleador implica su consentimiento para que la AFIP suministre la información necesaria para el control y la operatividad del beneficio a la Autoridad de Aplicación”.