El Gobierno Nacional oficializó este viernes la prohibición de contratar nuevos empleados en el Estado. La medida, que ya había sido adelantada por la ministra de Economía, Silvina Batakis, regirá hasta el 31 de diciembre de 2023.

El decreto 426/2022, fue firmado por el propio Alberto Fernández, además del Jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Economía, Silvina Batakis.

Concretamente, se establece que "las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza".

El contexto económico actual es el que lleva a tal situación, y la gestión parece ceder ante aquella cuestión de no inflar "el gasto público". En los considerandos se formaliza que "resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal"

Entonces, hasta la finalización del actual mandato presidencial no se podrán realizar designaciones a término en las plantas transitorias o en cargos simples de la planta permanente, a plazo fijo, contrataciones por tiempo indeterminado o parcial y eventual, tampoco se podrán contratar personal para la prestación de servicios autónomos, como así tampoco con o sin relación de dependencia. Puntualmente, todo aquello que demanda partidas no presupuestadas hasta el momento.

La norma también insta "a adoptar medidas similares" a “representantes del Estado que integran órganos de decisión de las empresas, sociedades y organizaciones empresariales donde el Estado tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y de los fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional”.

Sin embargo, hay organismos que quedarán exentos "cuando se cumplan las condiciones de criticidad o necesidad estratégica para el funcionamiento de áreas esenciales”.

En esos casos se podrá sumar personal en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; en las Universidades; en el Servicio Exterior de la Nación; en el Cuerpo de Guardaparques Nacionales; en el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y en el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud de la Nación; en el Servicio Penitenciario Federal y en las Fuerzas Armadas y de Seguridad, excluido su personal civil.

También se podrán prorrogar "designaciones transitorias y de contratos" y del mismo modo para el cambio de funcionarios.

Se aclara que se podrá "disponer del cargo o de la partida presupuestaria asignada a la modalidad contractual de que se trate” en caso de renuncia, jubilación, retiro voluntario, cancelación de las designaciones transitorias en cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias, conclusión o rescisión del contrato, sanción expulsiva o fallecimiento producidos entre 2021 y 2022.

Del mismo modo, se podrán realizar designaciones para cargos o contrataciones que apunten a cumplir con el cupo de discapacidad y de personas travestis, transexuales y transgénero.