El mes de junio traerá consigo dos fines de semana largos consecutivos en todo el país, según el calendario oficial de feriados nacionales. Las fechas conmemorarán el paso a la inmortalidad de los generales Martín Miguel de Güemes y Manuel Belgrano, lo que reducirá a solo tres los días hábiles en una de las semanas del mes.

El primero de los feriados será el lunes 16 de junio, fecha que se trasladará desde el martes 17 en conmemoración del Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. La modificación responde a la ley 27.399, que permite mover los feriados trasladables que coinciden con martes o miércoles al lunes anterior para fomentar fines de semana largos.

El segundo asueto será el viernes 20 de junio, en homenaje al General Manuel Belgrano, creador de la Bandera. Este feriado es inamovible y se celebra en la fecha exacta, completando así un nuevo fin de semana largo del 20 al 22 de junio.

De esta manera, el calendario de junio queda conformado por dos fines de semana extendidos: el primero entre el sábado 14 y el lunes 16, y el segundo entre el viernes 20 y el domingo 22.

Resto del calendario de feriados 2025

A lo largo del año, aún restan varias jornadas de descanso, entre feriados inamovibles, trasladables y días no laborables puente:

Julio

  • Miércoles 9: Día de la Independencia (feriado inamovible)

Agosto

  • Viernes 15: día no laborable puente
  • Domingo 17: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)

Octubre

  • Domingo 12: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)

Noviembre

  • Viernes 21: día no laborable puente
  • Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional (se traslada desde el jueves 20, por ser un feriado trasladable)

Diciembre

  • Lunes 8: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
  • Jueves 25: Navidad (feriado inamovible)

Diferencias entre feriado y día no laborable

De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo y la legislación vigente, los feriados nacionales son días de descanso obligatorio y, si se trabajan, deben ser remunerados al doble del salario habitual.

En cambio, los días no laborables son optativos para el empleador. Si se decide trabajar, el salario será el habitual, sin el adicional correspondiente a los feriados.

Estas regulaciones aplican a todos los feriados nacionales del calendario oficial argentino, incluido el esquema confirmado para el mes de junio.