El Ministerio de Transporte de la Nación aprobó un modelo de certificado que habilita a circular a los transportistas incluidos en los servicios esenciales y que deberá ser presentado en los correspondientes controles, en el marco de la emergencia sanitaria dictada por el Gobierno, a raíz de la pandemia por el coronavirus.

Lo hizo a través de la resolución 74/2020 publicada este miércoles en el Boletín Oficial que incluye a las personas afectadas a las actividades y servicios de comercio exterior, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles, gas licuado de petróleo (GLP) y producción y distribución de biocombustibles.

Todas estas actividades están exceptuadas del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio, y de la prohibición de circular.

En consecuencia, la cartera de Transporte aprobó la certificación de una declaración jurada que habilita a los transportistas que realizan servicios de transporte terrestre de cargas, nacionales e internacionales, declarados esenciales, a circular.

La resolución puso de relieve que el objetivo de la medida es facilitar las funciones de los trabajadores de dichas actividades.

El documento se encuentra disponible en la web de CNRT y deberá ser presentado en los controles viales para comprobar, de manera clara y unificada, su excepción al aislamiento social, preventivo y obligatorio.