Tras una serie de detenciones, en la ciudad de Frontera se elevó a nueve el número de detenidos por no cumplir con el aislamiento social y obligatorio propuesto por el Gobierno nacional ante el coronavirus.

Según se informó desde la Municipalidad de esta ciudad, las detenciones se produjeron en el marco de un trabajo en conjunto entre el Comando Radioeléctrico y personal de la Comisaría Sexta.

Estas personas fueron puestas a disposición de la Justicia.

Delito penal 

Todo aquel que circule sin estar amparado por el decreto presidencial, será pasible de ser perseguido penalmente por el delito 205 o 239 del C. P. 

Sin perjuicio de penas mayores para el caso de que sea una de las personas que regresaron de zonas de riesgo.

ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.

ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.