El gabinete económico confirmó una nueva etapa del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP7) y su continuidad para los sectores críticos a través de pagos de salarios de octubre, eximición de contribuciones patronales y créditos a tasas subsidiadas.

El equipo económico se volvió a reunir en el Palacio de Hacienda, encabezado por el ministro de Economía, Martín Guzmán, para analizar la dinámica económica en el contexto de la pandemia, las medidas económicas en marcha y la situación fiscal, se informó oficialmente tras el encuentro

Tras la reunión, Guzmán dijo que “el ATP ha sido y es una herramienta fundamental para reducir el impacto sobre la actividad productiva, sostener el trabajo y acompañar a las empresas en este duro contexto".

"Definimos una nueva ronda para seguir protegiendo el saber hacer de la economía y tener bases sólidas que propicien un mejor horizonte de recuperación”, anunció el ministro de Economía en referencia a la séptima edición del programa pensado para asistir a los sectores más afectados por la pandemia.

La situación fiscal y las políticas públicas para dinamizar la actividad productiva fueron otros de los ejes de la reunión, se comunicó oficialmente.

Al respecto, Guzmán aseguró que “hay un fino corredor sobre el cual tiene que transitar el sendero fiscal, y el Presupuesto 2021 es el primer paso para la recuperación, porque es la hoja de ruta que marca el rumbo de la economía”.

“La fuerte reducción del déficit fiscal y la redefinición de las partidas de gasto responden a la búsqueda de un programa fiscal consistente”, sentenció Guzmán.

Si bien todavía el Gobierno tiene plazo para introducir modificaciones a los parámetros a utilizar en la nueva etapa del ATP, a partir de la sexta ronda se estableció que el salario neto resulte equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada hasta agosto de 2020.

Además, se ratificó que el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto, con lo cual el resultado así obtenido no podrá ser inferior a la suma equivalente a 1,25 salario mínimo vital y móvil ($ 21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($ 33.750).