A tres años de iniciada la causa judicial por la “Clínica del cannabis” en Córdoba, famosa por las detenciones de su director y fundador, el médico Carlos Laje Vallejo, junto a sus colaboradores, la Justicia Federal dejó sin efecto las imputaciones de los ocho acusados: Carlos Fernando Laje Vallejo, Héctor Walter Mariño, Paola Jordana Toranzo Gil, Fernanda Daniela Moyano, María Paula Culiaciati, Toribio Aragón, Fernando Moroni y Jorge Augusto Asís.

Todo comenzó en agosto de 2017 tras un megaoperativo de la Fuerza Policial Antinarcotráfico (FPA) en el cual se hicieron allanamientos simultáneos en propiedades y distintas sedes de las llamadas ‘Clínicas del Cannabis’ en la ciudad de Córdoba y también en Villa Carlos Paz, donde terminaron detenidos Laje y otras personas que trabajaban con aceites y cremas derivados de esta planta de la marihuana.

Inicialmente, la causa estuvo en manos de la Justicia provincial y la fiscal Jorgelina Gómez les imputó el delito de comercialización de estupefacientes y confabulación en concurso real. Cabe recordar que pasaron varios meses detenidos y con prisiones preventivas.

Pero el pasado 30 de julio, en un novedoso fallo para Córdoba, la Justicia Federal entendió que no podía haber una contradicción entre la ley 23.737 de estupefacientes que criminaliza a los usuarios y la 27.350 de investigación para el uso medicinal y científico de la planta de cannabis y sus derivados. Por el principio de no contradicción todos los imputados fueron absueltos, aunque la Fiscalía apeló en tres casos.

Nadia Podsiadlo, abogada defensora de varias de estas personas que habían sido imputadas, dialogó con El Periódico y explicó la importancia de este fallo en el objetivo de que todas las personas usuarias e impulsoras de los derivados del cannabis para uso medicinal dejen de estar perseguidas por la Justicia provincial. Algo que, en breve, podrá cambiar también gracias al anuncio del Ministerio de Salud de la Nación de que reglamentará la ley 27.350 de cannabis medicinal para permitir el autocultivo y venta, algo que por el momento sigue excluido en la ley.

La abogada diferenció que en todo momento la cuestión se refiere al uso medicinal del cannabis y que no se trata de la comercialización de marihuana.

- En una causa que tuvo un amplio despliegue policial y prisiones preventivas, ¿por qué la Justicia Federal absolvió ahora a todos los acusados?

La ley 27350 sancionada en marzo de 2017 tiene como objetivo fundamental la investigación y el estudio de las plantas de cannabis y sus derivados. A través de varios estudios e informes de la OMS, de la Anmat y de estudios a través de distintos usuarios y usuarias de cannabis se ha logrado determinar el efecto positivo sobre determinadas patologías. Entonces, lo que consideró la Justicia es que no podía haber dos bienes jurídicos antagónicos entre sí. Porque por un lado la ley de estupefacientes dice que se protege la salud pública y por otro la ley 27350 de investigación habla de los efectos positivos. Por eso, la Justicia resolvió por el principio de no contradicción. Este principio se debería aplicar a todas las personas que están detenidas o procesadas en la Justicia provincial por el cannabis medicinal, porque no puede ser que en la Justicia Federal salgan absueltos y en la provincial siguen procesadas por narcomenudeo.

- ¿Cómo beneficia el fallo a los usuarios de cannabis medicinal?

Lo novedoso del fallo es que no es considerado un material estupefaciente que haga mal a la salud. Todavía en ningún lugar del país se puede vender. Los usuarios no son penalizados, pero no se puede comprar porque sigue primando la ley de drogas. Pero el fallo tuvo en cuenta que hace unas semanas el Ministerio de Salud de la Nación convocó a diferentes asociaciones de cultivadores y cultivadoras, a usuarios, legisladores para que se pueda vender aceites, pomadas y cremas en base a la planta. Ya no está demonizado como antes de la sanción de la ley 27350 y que permite a las personas que lo consumen que no sean criminalizadas. Sin embargo, la conducta todavía sigue siendo reprimida por la ley hasta tanto se reglamente este proyecto que salió del Ministerio.

- ¿Sería un paso más hacia un enfoque sanitario en lugar de criminalizar el usuario?

Es que siempre debió ser enfocado desde ese lugar, no desde la cuestión punitivista. Desde el momento que no afecta a la salud, sino todo lo contrario. Incluso en los vecinos que tienen legalizado el uso se ha demostrado los efectos positivos en diferentes patologías. Esta causa estuvo inicialmente en la Justicia provincial de una forma totalmente criminalizada, con prisiones preventivas. El cambio de enfoque fue dejar de percibir a esta sustancia como un estupefaciente.

- Sin embargo, todavía el autocultivo o la compra y venta de aceite para uso medicinal sigue prohibido.

Sí, es una conducta que sigue estando prohibida al menos hasta que se haga efectiva la reglamentación del Ministerio de Salud. Hoy es totalmente burocrático y engorroso acceder al aceite a través del Anmat. Solo se puede acceder al “aceite de Charlotte” con una serie de requisitos y no todo el mundo puede obtenerlo. Lo que se está buscando a través de la reglamentación es que las personas pueden inscribirse en un registro para tener sus plantas y producir sus cremas o aceites. Hoy, lamentablemente, todavía no se puede, no se puede ir a un lugar y comprar aceite de cannabis.