Una semana atrás se publicó en el Boletín Oficial la resolución 271/2024 emitida por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) en la cual se modifica el sistema de prestación del servicio de auxilio por parte de las compañías aseguradoras de vehículos

Alrededor del tema se hicieron muchas preguntas, por eso ante todo es necesario conocer el origen de la cuestión. La resolución es parte de un planteo de larga data hecho por los prestadores de seguros, que aducen una desnaturalización del objetivo de los contratos de seguros.

Se introduce así un cambio por cuanto ya no se podrán incluir en las pólizas como adicional sin costo el auxilio a las personas, excepcionalmente podrá mantenerse ante los casos que la misma disposición estableció. 

El espíritu de la resolución es evitar un presunto abuso en el uso de un servicio que se proveía a los asegurados, limitándolo a situaciones puntuales. Esto conlleva a la modificación de la prestación, su cotización, y preserva el objetivo de las pólizas que está relacionado con cubrir gastos derivados de la responsabilidad civil. 

Para despejar la incertidumbre El Periódico consultó con representantes del sector sobre los pormenores y cambios entre un sistema y otro. 

  • ¿Está en vigencia? 

No, la resolución misma contempla que entrará en vigencia la disposición a los 90 días de su publicación en el Boletín Oficial. En el mientras tanto las aseguradoras están evaluando qué medidas adoptarán, es decir elaborando su propia estrategia de mercado. 

Romina Scotta, de Scotta & Asociados, que trabajan con La Segunda Seguros, dijo cómo es su realidad: “No significa una exclusión total del servicio de grúa, sí que nosotros nos tenemos que hacer responsables de un servicio de emergencia en caso de accidente (robo, incendio o accidente propiamente dicho) y que no abarque avería o servicio por razones mecánicas del vehículo”. 

En igual sentido se manifestó José Lozano, de Río Uruguay Seguros (RUS San Francisco), que aclaró: “Las compañías no se han expedido aún, tienen 90 días para informar cuáles medidas tomarán al respecto. Lo que indica la resolución es que se quita la obligatoriedad de prestar el servicio salvo excepciones determinadas”. 

  • ¿Cuáles son los cambios? 

Las aseguradoras solo se harán cargo del servicio de auxilio en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, también incluirán los gastos de traslado y estadía en esa misma situación. 

Hasta ahora el servicio de auxilio era prestado como un adicional ofrecido por las empresas, pero no tenía costo para el asegurado. 

Lozano recordó que “ese servicio era un beneficio adicional, pero se transformó en un inconveniente”. En el mismo sentido, Scotta agregó: “En el valor que el asegurado pagaba no se veía reflejado el aporte al sistema de grúas porque era un adicional sin costo. El servicio no era malo, lo deficitario era el sistema que se empleaba”.

  • ¿Qué situaciones pierden vigencia? 

De acuerdo a lo que enumera la resolución estará fuera de alcance todo lo referente al traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado cuando son generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto.

  • ¿Qué llevó a esos cambios? 

Desde RUS San Francisco dijeron que una de las motivaciones de la reestructuración es que el parque automotor creció más rápido que el de empresas con remolques, eso hacía que ante la situación de auxilio hubiera largas demoras y se generaran dificultades. Otros factores determinantes fue que la mayoría de las aseguradoras tercerizaban ese servicio, lo que acentuaba a veces ralentizaba las prestaciones. 

Según esta firma, a eso se suma una desvirtuación del sistema ya que los seguros tienen por finalidad principal cubrir las eventualidades surgidas de la responsabilidad civil, pero algunas rescisiones podían llevar a que tenga más peso el servicio de auxilio. 

"Se dieron casos donde se podía llevar la situación a que el cliente rescinda el contrato de póliza por su disconformidad con un (beneficio) adicional y no por  las prestaciones del producto principal que es la responsabilidad civil”, puntualizó. 

Otra de las cuestiones que fundamenta el pedido es que después de la pandemia se notaron cambios. “Por un lado, envejeció el parque automotor que es uno de los más antiguos de Latinoamérica y debido a eso el mantenimiento preventivo se alargaba en el tiempo y hacía que se requiera más del auxilio cuando había problemas mecánicos”, aseveraron desde RUS. 

  • ¿Baja el precio de la póliza por los cambios? 

Scotta y Lozano resaltaron que no se ve afectado el valor porque hasta el momento el servicio de auxilio o de grúa como comúnmente se lo conoce era sin costo para el cliente. 

“El costo de las pólizas se mantiene igual y no se ve influenciado por la nueva prestación de este servicio en caso de accidente”, indicaron desde Scotta & Asociados. 

  • ¿Qué podría pasar? 

Las aseguradoras tienen los 90 días para determinar qué medidas adoptarán. Puede suceder que aunque no estén obligadas sigan prestando el servicio bajo ciertas condiciones o que el usuario haga aparte la contratación del servicio de remolque, como pasa con otros paquetes como el de rastreo satelital.

Un encuadre similar tiene La Segunda, que no resolvió aún si va a ofrecer un paquete extra o asociarse con una compañía para prestarlo, pero trasladando el costo al cliente. Estas son otras alternativas que podrían aparecer en el mercado. 

De todas maneras, Scotta consideró que “si estos cambios si se llevan adelante van a hacer a un mejor funcionamiento del sistema y ayudar cuando es realmente necesario y se lo precisa”.